Tras la llegada de septiembre 2026, el Banco de la Nación informó que el pago de pensiones a los jubilados del régimen del Decreto Ley n.° 19990, administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), comenzará este 7 de septiembre. Los depósitos se realizarán de manera progresiva en las cuentas bancarias de los jubilados, de acuerdo con la letra inicial del apellido paterno. En tanto, los trabajadores públicos podrán cobrar su remuneración a partir de la tercera semana del presente mes. Así, este aporte representa una gran oportunidad para esta parte de la población nacional, ya que podrán cubrir sus principales necesidades básicas como, por ejemplo, alimentos, medicinas o el pago del arriendo de la vivienda. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.
Actualmente, 715 422 adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), afiliados al Decreto Ley 19990, serán los primeros en cobrar el pago de su pensión a partir de este 7 de septiembre. Por ello, este grupo deberá acercarse al Banco de la Nación o esperar el abono en su cuenta de ahorros. Inclusive, podrán desembolsar su dinero, en caso lo hayan solicitado, en las agencias del BBVA, Banco GNB, BanBif e Interbank, según la letra inicial del apellido paterno de cada pensionado. Por consiguiente, te presentamos las fechas establecidas para que los pensionistas cobren su dinero, conforme al siguiente cronograma:
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras A-C | lunes 7 de septiembre
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras D-L | martes 8 de septiembre
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras M-Q | miércoles 9 de septiembre
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras R-Z | jueves 10 de septiembre
- Pago a domicilio | del lunes 14 al miércoles 23 de septiembre.
La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.