Mediante 14 votos a favor, 0 en contra y 3 en abstención, se logró la autorización para liberar el 100% de la CTS para los trabajadores, de acuerdo con lo aprobado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Tras este hecho, las autoridades esperan debatir la medida en el Pleno del Parlamento, donde se definirán los siguientes pasos para su implementación. Esta iniciativa busca brindar un alivio económico a todos los trabajadores, permitiéndoles disponer libremente de sus fondos en un contexto de incertidumbre financiera como el que estamos viviendo. Conoce todos los detalles detrás de esta medida y mantente informado sobre su evolución.
¿QUÉ SE DIJO SOBRE LA CTS?
A través del predictamen que aprobó la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, se demanda lo siguiente: “Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100 %) de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”.

¿EN QUÉ FECHA SE REALIZARÁ EL DEBATE PARA CONCRETAR LA PROPUESTA?
Según Edith Julón, presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, en el programa Economía para Todos de RPP, todavía no se tiene una fecha exacta para el debate. Se espera que próximamente pueda ser conversado junto a la Comisión de Economía.
“Como tienen conocimiento, también se encuentran diferentes proyectos en la Comisión de Economía. Esperamos que en la próxima semana también pueda debatirse para que ambos dictámenes pasen al Pleno”, mencionó Julón.
¿LA COMISIÓN DE TRABAJO YA TUVO CONVERSACIÓN ALGUNA CON LA COMISIÓN DE ECONOMÍA?
De acuerdo con lo señalado por Julón, todavía no ha tenido una charla con Ilich López al respecto para poder unir los puntos necesarios y continuar con el retiro de la CTS: “Hasta el momento, no he podido conversar con el presidente de la Comisión de Economía para ver si es que ellos tienen en agenda debatir estos proyectos de ley, que son muy importantes y que la población ha solicitado a la Comisión de Trabajo.”

¿QUÉ SE SABE SOBRE LA CTS?
La CTS es un depósito que el empleador realiza por disposición legal y tiene el objetivo de prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos, en pocas palabras es el ‘seguro’ con el que cuenta el empleado cuando rompe su relación con la empresa en la que ha laborado. La CTS se entrega 2 veces al año. De acuerdo al Decreto Legislativo Nº 650 de 1991, el primero se tiene que hacer efectivo hasta el lunes 15 de mayo, mientras que el segundo tiene como plazo máximo hasta la quincena de noviembre.
¿CÓMO CALCULAR LA CTS?
El cálculo de la CTS implica sumar el sueldo mensual del trabajador a un sexto de la última gratificación percibida, multiplicar este total por los meses trabajados en el periodo y dividir el resultado entre los doce meses que tiene el año.
Por ejemplo, según explica la plataforma de BBVA, si tienes un sueldo básico neto de S/1,500, has trabajado seis meses y tu última gratificación fue de S/1,500, así calculas tu CTS:
- Sueldo básico neto: S/1,500
- 1/6 gratificación de S/1,500: 250
- (1,500 + 250.00) 6 = 10.500
- 10.500 / 12 = S/875 | Este sería tu CTS.

Por otro lado, si quieres ayuda para calcular este beneficio, te contamos que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha habilitado un aplicativo denominado " Calcula tu CTS”, que permite saber cuál es el monto referencial de la Compensación por Tiempo de Servicios. Para ello: deberás ingresar a Sunafil, luego a " Calculadora Laboral”. Ahí deberá digitar tu número de documento de identidad, así como el número de RUC del empleador. Finalmente deberás elegir la opción " Calcula tu CTS” y listo. “Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.”


