

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios laborales más importantes del sector privado en el Perú. Funciona como un fondo de contingencia que protege al trabajador en caso de desempleo o cese laboral. Si estás organizando tus finanzas personales y te preguntas cuándo vuelven a pagar la CTS en 2026, en este artículo te explicamos las fechas oficiales del cronograma legal, los requisitos para recibirla y cómo verificar el depósito de tu empleador.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios laborales más importantes del sector privado en el Perú. Funciona como un fondo de contingencia que protege al trabajador en caso de desempleo o cese laboral. Si estás organizando tus finanzas personales y te preguntas cuándo vuelven a pagar la CTS en 2026, en este artículo te explicamos las fechas oficiales del cronograma legal, los requisitos para recibirla y cómo verificar el depósito de tu empleador.
Cronograma oficial: ¿Cuándo vuelven a depositar la CTS en el 2026?
Por ley, la CTS se abona dos veces al año. Para el año 2026, el calendario oficial de depósitos establece dos fechas clave que debes marcar en tu agenda:
- Primer depósito del año (CTS de mayo 2026):
- Segundo depósito del año (CTS de noviembre 2026):
Si el día 15 del mes de depósito coincide con un sábado, domingo o feriado, la normativa laboral establece que el empleador debe efectuar el pago en el día hábil anterior (o de forma inmediata el día hábil siguiente según la operatividad bancaria). Lo indispensable es que la empresa respete el plazo fijado por ley para evitar multas o sanciones.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la CTS en 2026?
No todos los trabajadores en el mercado laboral acceden a este beneficio. Para figurar como beneficiario de la CTS en 2026, debes cumplir con los siguientes requisitos legales:
- Régimen laboral privado: Pertenecer a la planilla de una empresa del sector privado.
- Jornada mínima: Cumplir una jornada laboral de al menos 4 horas diarias en promedio.
- Tiempo mínimo en la empresa: Contar con mínimo un mes completo de servicios dentro del semestre evaluado. Si tienes menos de un semestre pero más de un mes, recibirás un pago proporcional (prorrateado) por los meses y días laborados.
Trabajadores exceptuados:
- Empleados que laboran menos de 4 horas diarias en promedio (part-time).
- Trabajadores de la microempresa contratados bajo el régimen especial MYPE inscritos en el REMYPE.
- Trabajadores que perciben una Remuneración Integral Anual (RIA) que ya incluye la CTS en su pago mensual.
¿Cómo se calcula el monto que te corresponde de CTS?
El cálculo de la CTS equivale aproximadamente a medio sueldo por cada semestre laborado (sumado a una fracción de la gratificación percibida).
La fórmula básica para un trabajador de la mediana o gran empresa que laboró el semestre completo (180 días) es:

- Ejemplo práctico: Si tu sueldo básico es de S/ 3,000 y tu gratificación de julio o diciembre fue de S/ 3,000, un sexto (1/6) equivale a S/ 500. Tu remuneración computable será de S/ 3,500. Por ende, el depósito semestral que recibirás en mayo o noviembre ascenderá aproximadamente a S/ 1,750.
¿Se puede retirar el 100% de la CTS en el 2026?
La disponibilidad de la CTS depende del marco legal vigente dictado por el Congreso de la República y el Ministerio de Trabajo:
- Libre disponibilidad extraordinaria: Según las disposiciones extraordinarias aprobadas (como la Ley N.° 32322), los trabajadores autorizados pueden disponer de hasta el 100% de los fondos depositados en su cuenta CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Esto incluye tanto el saldo acumulado previo como los nuevos abonos realizados en mayo y noviembre de 2026.
- Regulación ordinaria: En circunstancias normales (sin norma de libre disponibilidad), solo es posible retirar el excedente correspondiente a 4 sueldos brutos intangibles.
¿Qué hacer si tu empleador no deposita la CTS a tiempo?
Si llega la fecha límite y no ves reflejado el depósito en la entidad financiera donde mantienes tu cuenta CTS, puedes seguir estas recomendaciones prácticas:
- Verifica la entidad y la cuenta: Confirma que el abono no se haya derivado a otra entidad o cuenta bancaria registrada por tu empresa.
- Solicita la hoja de liquidación: El empleador tiene la obligación de entregarte una constancia/hoja de liquidación detallada del depósito de la CTS dentro de los 5 días hábiles de realizado el pago.
- Contacta con Recursos Humanos: Realiza la consulta formal vía correo institucional.
- Denuncia ante la Sunafil: No pagar la CTS dentro de las fechas fijadas constituye una infracción grave sancionable con multas económicas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
NoticiasInformación basada en hechos y verificada de primera mano por el reportero, o reportada y verificada por fuentes expertas.







