El otorgamiento de aquellos montos mensuales destinado a miles de jubilados, hoy forma parte de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano refrendada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y cuyo reglamento viene a determinar cambios en cuanto a la afiliación de trabajadores dependientes e independientes a una , incremento de edad para cobro anticipado, entre otros aspectos vinculantes se refiere. Al respecto, te contamos lo que refiere la nueva normativa acerca de la obligatoriedad entorno a adhesión al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o Sistema Privado de Pensiones (SPP), según lo definas desde edad puntual.

¿A PARTIR DE QUÉ AÑO Y QUIÉNES SE ENCONTRARÁN OBLIGADOS A AFILIARSE A UNA AFP U ONP, SEGÚN LA LEY Nº 32123?

La jubilación en Perú y también aportes realizados a una de las 4 AFP que operan a nivel nacional, pasan a partir de la reglamentación de aprobada por el Gobierno y publicada el 5 de setiembre de 2025, a evidenciar notorios cambios planteados parlamentariamente, e involucrar así de manera obligatoria a ciudadanos con la mayoría de edad recién cumplida.

A fines de mayo 2024, el Pleno del Congreso admitía tras primera votación reafirmada días después, el dictamen que termina estableciendo a través de la normativa Nº 32123, la fusión del SNP y el SPP teniendo el objetivo puesto en fijar un “sistema previsional único, universal, igualitario, inclusivo e integrado en una estructura multipilar” que garantice la protección de todas las personas nacidas en el país tengan o no vínculo laboral.

En ese sentido, viene llamando la atención de parlamentarios opositores a dicha ley, y expertos en finanzas como Jorge Carrillo Acosta de Pacífico Business School que brindara declaraciones exclusivas para hace 1 año aproximadamente, lo señalado en SUBCAPÍTULO II de reglamento aprobado mediante el cual se detalla la importancia de los pilares que de manera progresiva determinarán la implementación de las pensiones mínimas, por ejemplo, y también la afiliación obligatoria a una AFP u Oficina de Normalización Previsional (ONP) desde los 18 años.

Todo ciudadano que se encuentre domiciliado en el país y que cumpla dieciocho 18 años a partir del 1 de junio de 2027 en adelante, se afilia de manera obligatoria al Sistema, eligiendo entre el SNP o SPP, en el marco de lo dispuesto en el presente reglamento”, remarca la normativa Nº 32123 sobre la imperiosa adhesión a la cual debes adecuarte debiendo tener en cuenta además que “el plazo para la elección de afiliación vence antes de cumplirse 12 meses contados a partir del día siguiente de cumplida la mayoría de edad”.

Cabe resaltar, que así como los detalles precisados entorno a la conocida ley de pensiones, existen otras disposiciones determinadas por el MEF tras publicación de reglamento, siendo la inclusión de trabajadores independientes que deberán aportar inicialmente un 2% de sus ingresos desde 2028, una de las más llamativas con respecto al planteamiento de reformas.

ESTA ES LA CONDICIÓN PUNTUAL QUE DEBES CUMPLIR PARA ACCEDER A PENSIÓN MÍNIMA DE 600 SOLES

Un nuevo periodo anual arrancó en 2025, y junto a ello la aplicación de normativas publicadas en el diario oficial El Peruano, siendo el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Nº 32123) aquel dirigido a adultos mayores que cumplan con ciertos requisitos como jubilados, y mediante la cual se establece que obligatoriamente deben concretar un número exacto de contribuciones durante tu tiempo adheridos al SPP, por ejemplo.

Así precisamente lo ha expresado el titular del MEF, , a inicios del mes de setiembre, y mientras realizaba presentación ante la Comisión de Economía del Congreso de la República, donde de manera puntual se ha referido a la prestación mínima otorgada a afiliados de la AFP, y esos S/600 que este grupo beneficiario solo podrá cobrar si llega a completar 240 unidades de aportes efectivas en fondos acumulados.

Hoy en día, de los cerca de 8.6 millones de afiliados al sistema privado de pensiones, casi 6.3 millones tienen menos de 5,000 soles de saldo en sus cuentas”, expresaba dicho ministro entorno a la cantidad de contribuciones que debes haberle realizado a tu institución privada, no sin antes indicar que sumado a ello, igualmente el reglamento de la Ley Nº 32123, pide que tengas un saldo ascendente a los 5,000 o 20,000 soles.

Si estás afiliado a una de las 4 AFP que operan en Perú, solo cobrarás los 600 soles de pensión mínima, completando hasta 240 aportes. (Fuente: El Peruano)
Si estás afiliado a una de las 4 AFP que operan en Perú, solo cobrarás los 600 soles de pensión mínima, completando hasta 240 aportes. (Fuente: El Peruano)

Cabe resaltar con respecto a los 600 soles establecidos para el pago de pensiones mínimas en Perú, que de la misma forma figura regulado hacia los adultos mayores jubilados y pertenecientes a la ONP.

En relación a esto último, el MEF mediante Raúl Pérez Reyes, insiste en que no resulta prudente ni conveniente acceder a un octavo retiro de fondos acumulados, y propuesto por parte de diversos parlamentarios, ya que definitivamente terminarías perdiendo la chance de cobrarlas al no verificarse sobrante dentro de la denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC).