

El plazo para acceder al octavo retiro de fondos de las AFP entra en su recta final y solo un grupo específico de afiliados aún tiene la posibilidad de realizar el trámite. Se trata de quienes tuvieron inconvenientes en su solicitud y recibieron una respuesta negativa por parte de su administradora, principalmente por errores en los datos bancarios consignados.
El plazo para acceder al octavo retiro de fondos de las AFP entra en su recta final y solo un grupo específico de afiliados aún tiene la posibilidad de realizar el trámite. Se trata de quienes tuvieron inconvenientes en su solicitud y recibieron una respuesta negativa por parte de su administradora, principalmente por errores en los datos bancarios consignados.
Aunque la etapa general de solicitudes ya concluyó, esta ventana excepcional busca evitar que miles de afiliados pierdan la opción de retirar hasta 4 UIT de sus ahorros previsionales. Con fechas definidas y condiciones claras, es clave conocer quiénes pueden corregir su pedido, hasta cuándo hacerlo y cuándo se realizará el depósito del dinero.
¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE PARA CORREGIR SOLICITUDES RECHAZADAS?
El viernes 30 de enero es el último día habilitado para que los afiliados con solicitudes rechazadas puedan volver a registrar su pedido de retiro AFP. Esta opción solo aplica para quienes intentaron acceder al octavo retiro y no lograron completar el proceso por observaciones de la AFP, como errores en el número de cuenta bancaria o inconsistencias en los datos personales. Pasada esta fecha, no habrá nuevas oportunidades para corregir ni reenviar solicitudes.

¿QUIÉNES PUEDEN REALMENTE HACER LA CORRECCIÓN DEL RETIRO AFP?
No todos los afiliados están habilitados para presentar una nueva solicitud. Este beneficio excepcional alcanza únicamente a quienes cumplan con condiciones específicas. Entre ellas se encuentran:
- Haber presentado previamente una solicitud de retiro AFP que fue rechazada por la administradora.
- No haber retirado aún el monto máximo permitido del octavo retiro, que equivale a 4 UIT (S/ 22.000).
- Contar con fondos disponibles en su cuenta individual de capitalización.
Quienes no recibieron una respuesta negativa o no iniciaron ningún trámite antes del cierre general, ocurrido el lunes 19 de enero, ya no pueden acceder a este proceso, según explica Infobae.
¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE VOLVER A REGISTRAR LA SOLICITUD?
Las AFP han habilitado canales específicos para que los afiliados con solicitudes rechazadas puedan corregir la información antes del cierre del plazo. El trámite se realiza a través de atención telefónica y plataformas virtuales, según la administradora correspondiente.
Por ejemplo, AFP Integra permite volver a registrar la solicitud comunicándose a sus líneas de atención en los horarios establecidos. Es indispensable verificar previamente que el estado del trámite figure como “rechazado”, ya que solo bajo esa condición el sistema admite una nueva solicitud de retiro.

¿CUÁNDO SE REALIZA EL DEPÓSITO DEL DINERO SOLICITADO?
El desembolso de los fondos no se realiza de inmediato tras la corrección de la solicitud. Cada UIT se deposita en un plazo máximo de 30 días calendario contados desde la fecha de registro, no desde la aprobación. Las siguientes UIT se entregan respetando el mismo intervalo de tiempo entre cada pago.
En el caso de quienes presentaron una rectificación en enero, el primer abono se concretará recién en febrero. A partir de allí, los depósitos continuarán de forma escalonada hasta completar el monto solicitado, siempre que no supere el límite establecido.
¿DÓNDE SE PUEDE HACER SEGUIMIENTO AL TRÁMITE DEL RETIRO AFP?
Los afiliados pueden consultar el estado de su solicitud a través de las plataformas digitales de cada AFP.
- AFP Integra: agenciadigital.afpintegra.pe/
- AFP Habitat: afphabitat-seguimientoretiro.pe
- Profuturo AFP: enlinea.profuturo.com.pe/agenciavirtual/
- Prima AFP: retiro.prima.com.pe/
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