La extensión de la suspensión perfecta de labores se deberá efectuar en la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). (Foto: GEC)
La extensión de la suspensión perfecta de labores se deberá efectuar en la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). (Foto: GEC)
Redacción Economía

Las que deseen extender la suspensión perfecta de labores aplicada a sus deberán realizar un paso adicional.

Cuando el Gobierno decidió prorrogar el estado de emergencia sanitaria hasta el próximo 7 de septiembre, también se amplió el plazo de aplicación de la suspensión perfecta hasta el 7 de octubre de este año. No obstante, la renovación de este mecanismo no será automática.

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El Ejecutivo estableció una ventana, entre el viernes 10 y el viernes 17 de julio, para que las compañías que ya hayan aplicado la suspensión perfecta de labores registren su extensión en la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Esta medida es aplicable, además, a las solicitudes de suspensión perfecta que se encuentren en proceso.

La decisión fue adoptada mediante Resolución Ministerial N° 126-2020-TR del MTPE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

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