

Indecopi explicó que Rappi no puede excluirse automáticamente de las responsabilidades por las fallas en su plataforma o por los daños que puedan causar sus repartidores. Foto: GEC.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi (SPC) sancionó en segunda y última instancia administrativa a la empresa Rappi S.A., porque en los términos y condiciones de su portal web incluyó cláusulas abusivas que la excluían de responsabilidades en caso se presenten fallas en su plataforma web o ante daños en las entregas realizadas por los repartidores o ‘rappitenderos’.
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