La medida se verá reflejada en 30 días calendario desde la publicación de esta norma. Fotos: Alessandro Currarino / El Comercio
La medida se verá reflejada en 30 días calendario desde la publicación de esta norma. Fotos: Alessandro Currarino / El Comercio
/ ALESSANDRO CURRARINO
Redacción EC

Cambios. El publicó un Decreto Supremo a favor de las mototaxis del país. Ahora, las personas que manejan estos vehículos de tres llantas ya no tendrán que pasar por un examen de conocimiento a la hora de revalidar su licencia de conducir.

Así, el Ejecutivo acordó modificar el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir “a fin de simplificar dicho procedimiento, reduciendo sus costos, tiempo y trámite sobre la base de los principios de proporcionalidad e igualdad”.

Esto quiere decir que las mototaxistas solo deberán presentar estos requisitos a la hora de revalidar su licencia de conducir clase B o a una inferior a las clases A y B:

  • Presentar una solicitud con carácter de declaración jurada en la que se consignen los datos personales del solicitante, debidamente llenada y suscrita, indicando lo siguiente:
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  • No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre
  • Contar con certificado de salud para Licencias de Conducir, expedido, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.

Es importante precisar que las modificaciones en el Sistema Nacional de Conductores se verán en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la publicación del Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte.

Mototaxistas protestan en el MTC

Solo un día antes, el miércoles 5 de junio, alrededor de 1000 mototaxistas se presentaron en los exteriores del MTC para exigir que quiten el requisito del examen de conocimiento. Ellos se mostraron indignados, pues recordaron que les prometieron eliminar este punto desde inicios de año.

Desde el 2019, con el Decreto Supremo 020-2019-MTC, los que tienen carros con licencia A categoría 1 no están obligados a pasar examen de conocimiento; no obstante, ellos con su carro pueden trasladarse por el Perú y, si quieren, se van al extranjero. Nosotros, que manejamos localmente, estamos en la obligación de ese examen de conocimiento”, subrayó Manuel Álvarez, dirigente del gremio de mototaxistas.

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