(Foto: EFE)
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Redacción EC

Cada vez falta menos para las 2021 en . Los ciudadanos se alistan para acudir a sus centros de y elegir al nuevo Presidente, parlamentarios y consejeros regionales que los representarán en los próximos cuatro años. Sin embargo, algunas personas aún tienen dudas acerca de la constitución de las mesas.

Y es que varios de los ciudadanos tienen como principal duda el saber si les tocó o no ser vocales de mesa para las elecciones del próximo 21 de noviembre. Las personas seleccionadas no solo cumplirán un rol fundamental por recibir a los votantes y contar sus votos, sino también deberán asegurarse de que se respeten todos los protocolos de bioseguridad.

¿CUÁNDO PUBLICAN LA LISTA DE VOCALES DE MESA?

El Servicio Electoral () publicó que este sábado 30 de octubre en su página web y en diversos diarios, la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para elegir al representante se sucederá en el cargo al presidente de la República, Sebastián Piñera, a los Parlamentarios y los Consejeros Regionales que se realizarán el próximo 21 de noviembre. Para ello solo deberás seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresa a la siguiente dirección:
  2. Escribe tu número RUN sin puntos y con guion.
  3. Activa la casilla de verificación.
  4. Clic en el botón “Consultar”.

¿POR QUÉ RAZONES ME PUEDO EXCUSAR?

De acuerdo a las normas e instrucciones que fueron dictadas por el Consejo Directivo del Servicio Electoral, se establecen como causales de excusa para ser vocal de mesa a los siguientes motivos:

  1. Tener 60 años de edad o más.
  2. Las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
  3. Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.
  4. Personas que se encarguen del cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam).
  5. Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  6. Estar fuera del país o radicar en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  7. Desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  8. Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  9. Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

¿DESDE CUÁNDO SE PRESENTAN LAS EXCUSAS?

Las personas seleccionadas para el rol de vocales de mesa que no puedan desempeñar ese rol en las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales, tendrán la posibilidad de presentar sus excusas entre el martes 2 y jueves 4 de noviembre. Los secretarios de Juntas Electorales publicarán las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores el 6 de noviembre.

¿CUÁNTO PAGARÁN A LOS VOCALES DE MESA?

Los vocales de mesa que participen ejerciendo su función el día de la elección recibirán un bono equivalente a 2/3 U.F: $20.000 aproximado; y un adicional de $ 6.900 en el caso de vocales capacitados presencialmente por primera vez. Los pagos los realiza la Tesorería General de la República.

MULTA POR NO CUMPLIR COMO VOCAL DE MESA

En el caso de las personas que no concurran a desempeñar sus funciones como vocales de mesa en sus respectivos locales de votación, estarán incurriendo en una infracción electoral, la que es sancionada con una multa a beneficio municipal que es equivalente a 2 a 8 Unidad Tributaria Mensual (UTM). Es decir, tendrán que pagar $105.000 a $ 422.000 aproximadamente.

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