"Ni el plazo se había cumplido ni se tiene conocimiento de alguna falta siquiera leve". (Foto: Andina)
"Ni el plazo se había cumplido ni se tiene conocimiento de alguna falta siquiera leve". (Foto: Andina)
/ Andina
José Carlos Requena

El muestra algunas diferencias internas. Los matices estuvieron presentes durante la jornada del martes 12, mientras los ministros de Economía y Salud —Waldo Mendoza y , respectivamente— participaban en CADE. , mientras Mazzetti indicaba que el país se encontraba ya en una segunda ola.

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También en el rubro de reforma del Estado pueden notarse tales desencuentros. Ha pasado desapercibido un cambio relevante a una institución clave en la forja de un Estado basado en la meritocracia: la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

El . En la ocasión, Mendoza dijo que el paso, fruto de un trabajo iniciado en el 2015, “permitirá al ministerio contar con una profesionalización de los servidores civiles, quienes podrán hacer una línea de carrera en el MEF y brindar un mejor servicio a la ciudadanía” (El Comercio, 7/1/21).

El domingo 10, en cambio, tres normas legales traían cambios en Servir. La Resolución Suprema 003-2021-PCM, firmada por el presidente Francisco Sagasti y la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, resolvía la finalización de la gestión del hasta entonces presidente ejecutivo Juan José Martínez y la designación de su sucesora Janeyri Boyer.

El mismo día, Boyer fue nombrada integrante del consejo directivo de la institución (), al estar vacante —desde esa misma jornada— el cargo por la renuncia del consejero Willy Olivera (R.M. 001-2021-PCM).

La sucesión de resoluciones llama la atención por darse sin conocer alguna urgencia. Además, el Decreto Legislativo 1450, que modifica el D.L. 1023 —que creó Servir—, especifica en su artículo 8 que el consejo directivo de Servir está integrado por dos consejeros designados por resolución suprema refrendada por la cabeza de la PCM “por un plazo de cuatro (4) años” y que los consejeros “solo pueden ser removidos en caso de falta grave debidamente comprobada y fundamentada”. Ni el plazo se había cumplido ni se tiene conocimiento de alguna falta siquiera leve.

La institucionalidad no depende del concurso de alguna persona en particular. Pero los apresurados pasos podrían poner en riesgo la institucionalidad que, en el caso de Servir, resultan aún más relevantes.

Como si fuera poco, el cambio se da cuando se encuentra pendiente el destino del Decreto de Urgencia 014-2020, referido a la negociación colectiva en el sector público. El 18 de diciembre del 2020, el Ejecutivo observó la ley que lo deroga. Servir había tenido un rol fundamental en el proceso. ¿No podrá ser tomado el cambio como una concesión a los opositores al DU?

Consultado sobre el liderazgo del Gobierno, el presidente Sagasti dijo hace unos días: “Las decisiones se toman en el momento en que hay que tomarlas y muy rápidamente” (). En coherencia con ello, vale preguntarse por la razón que explica la oportunidad y rapidez de los cambios en Servir.

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