Por Kenyi Peña Andrade

El calendario peruano no solo destaca por sus conmemoraciones religiosas, sino también por jornadas de descanso que muchos peruanos aprovechan para viajar a destinos como Paracas, Máncora o ciudades emblemáticas como Cusco, Arequipa, Trujillo y Cajamarca. Estas fechas, reconocidas por la legislación, también implican beneficios laborales que buscan retribuir el esfuerzo de los trabajadores en medio de celebraciones de carácter nacional. A continuación te explicamos los aspectos clave que debes conocer sobre el próximo .

Próximos feriados del 2026

De acuerdo con el calendario nacional, el próximo feriado obligatorio es el 29 de junio, Día de San Pedro y San Pablo. De esta manera, tanto los empleados del sector público como los del privado podrán gozar de un periodo de descanso. A continuación, te presentamos los demás feriados oficiales más próximos del 2026.

Lunes 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo

El feriado largo inicia este sábado 27 de junio y va hasta el lunes 29 de junio.

LISTA DE FERIADOS DEL 2026

Al resto del 2026 le quedan 10 feriados nacionales, revisa aquí qué fechas son y qué se celebra:

Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú

Martes 28 de julio: Fiestas Patrias

Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias

Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín

Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima

Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos

Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos

Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción

Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho

Viernes 25 de diciembre: Navidad.

¿Cuál es la diferencia entre día no laborable y feriado?

En días considerados feriados, el empleado tendrá que descansar y percibir su remuneración habitual. Aunque, normalmente algunos acuerdan trabajar esos días, sin descanso sustitutorio posterior, por lo que tienen derecho a recibir un triple pago. Con respecto a los días no laborables, solo está dirigido exclusivamente a los trabajadores del sector público del país.

Este día es considerado hábil, y a comparación de un feriado, las horas que no se labora deben compensarse en los diez días posteriores, o en la fecha que determine el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades. Mientras en el sector privado, los días no laborables es voluntario, por lo que corresponderá al empleador y los trabajadores acordar la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, teniendo en cuenta que, si no se llega a un acuerdo, lo decidirá el empleador.

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