PolíticaMás de 27 millones de peruanos están convocados a participar en las Elecciones Generales 2026 este domingo 12 de abril, en una jornada clave que se desarrolla desde las 7:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. en todo el país. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes entre los votantes surge desde temprano: qué ocurre si los miembros de mesa no se presentan a tiempo y si los ciudadanos que llegan primero pueden ser llamados a asumir ese rol. La normativa electoral vigente contempla una serie de medidas para asegurar la instalación oportuna de las mesas, incluyendo la participación de votantes en caso de ausencia de los designados. En ese contexto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha precisado qué medidas se aplican, cómo se eligen a los reemplazos y cuáles son las obligaciones de los ciudadanos en estas situaciones excepcionales.
¿PUEDEN OBLIGARME A SER MIEMBRO DE MESA SI LLEGO TEMPRANO?
Si al llegar a tu centro de votación notas que la mesa no cuenta con el personal suficiente, la normativa vigente permite que los ciudadanos de la fila asuman el rol. Según explicó Betty Luján, especialista de la ONPE, si solo hay un integrante presente, este toma las riendas como presidente y tiene la autoridad para designar al secretario y al tercer miembro entre los electores que esperan turno.
Es importante resaltar que, aunque la ley es estricta, existen matices en su aplicación: “Existen criterios para solicitar a un elector que asuma como miembro de mesa. Estos serán evaluados por el propio presidente, ya que en las primeras horas suelen acudir a votar personas mayores y trabajadores”.
Por lo tanto, si bien la integración puede ser obligatoria, el criterio de selección prioriza no afectar a poblaciones vulnerables o personal esencial.

¿QUÉ SANCIONES ECONÓMICAS Y MEDIDAS DE FUERZA SE APLICAN ANTE UNA NEGATIVA?
Rechazar la solicitud de conformar la mesa de sufragio no es una opción libre de consecuencias en el sistema peruano, ya que el artículo 250 de la Ley Orgánica de Elecciones establece castigos claros.
Aquel ciudadano que se rehúse a cumplir con esta responsabilidad se expone a una sanción financiera equivalente al 5% de la UIT. La norma es tajante al respecto: “Las personas seleccionadas no pueden negarse al desempeño de esos cargos. La negación es sancionada con multa equivalente al 5% de la UIT (S/275); la que se hace constar en el Acta Electoral”.
Además, si la resistencia persiste, la autoridad de la mesa tiene la facultad legal de recurrir a la policía o militares para garantizar que la mesa funcione y la votación no se detenga.

¿RECIBO PAGO SI TERMINO SIENDO MIEMBRO DE MESA?
Aquellos electores que decidan o acepten ocupar un lugar en la mesa de sufragio sin haber sido sorteados previamente, tienen garantizado el mismo beneficio económico que los miembros titulares. La compensación establecida para esta jornada es de 165 soles, y el proceso de cobro ha sido simplificado para que el ciudadano no deba realizar papeleo adicional.
Para asegurar este pago, la ONPE utiliza mecanismos de registro internos: “Contamos con una hoja de control de asistencia que se envía a los centros de cómputo, donde se registra a todos los miembros de mesa que participan en la instalación”. Una vez que los datos quedan consignados en las actas oficiales, la institución gestiona el desembolso, el cual suele hacerse efectivo en un periodo de dos semanas tras el cierre de las urnas.











