Con el inicio de un nuevo mes, más de seis millones de trabajadores formales del país se mantienen a la expectativa por recibir uno de los beneficios laborales más esperados del año: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente a mayo 2026. Se trata de un derecho laboral que equivale, en promedio, a una remuneración anual y corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado al menos cuatro horas diarias y acumulen como mínimo un mes completo de servicios entre noviembre de 2025 y abril de 2026, periodo considerado para el depósito del presente mes. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) anunció severas sanciones para aquellas empresas que no depositen a la fecha el pago de este derecho laboral a sus empleados. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
Con el inicio de un nuevo mes, más de seis millones de trabajadores formales del país se mantienen a la expectativa por recibir uno de los beneficios laborales más esperados del año: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente a mayo 2026. Se trata de un derecho laboral que equivale, en promedio, a una remuneración anual y corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado al menos cuatro horas diarias y acumulen como mínimo un mes completo de servicios entre noviembre de 2025 y abril de 2026, periodo considerado para el depósito del presente mes. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) anunció severas sanciones para aquellas empresas que no depositen a la fecha el pago de este derecho laboral a sus empleados. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
Antes de mencionar la fecha límite de pago de la CTS, es importante recordar que, a través de la Ley n.º 32322, el Ejecutivo promulgó el pasado 9 de mayo de 2025 en el Diario Oficial El Peruano el dictamen que permite el retiro de hasta el 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios, estableciendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. Así, la norma dispone que millones de trabajadores formales del país tendrán la posibilidad de retirar libremente la totalidad de sus depósitos acumulados en las entidades financieras, ya sea en una sola transacción o en varias. De esta manera, funciona como un fondo de ahorro obligatorio destinado a brindar protección económica al trabajador en caso de quedar desempleado, actuando como un respaldo financiero frente a la pérdida del empleo.
Asimismo, los empleados del sector privado del país reciben la CTS en dos ocasiones al año (mayo y noviembre) para que puedan utilizarla en caso de urgencias, imprevistos o simplemente como un ahorro. Por ello, en esta oportunidad, el primer depósito del año, en el que se hace un cálculo de los meses de noviembre a abril, se debe realizar como máximo el viernes 15 de mayo de 2026. Cabe mencionar que, el pago está dirigido a los trabajadores del régimen laboral general de la actividad privada, que trabajan como mínimo una jornada de cuatro horas todos los días. Aunque, en cuanto a los empleados que forman parte de regímenes especiales, como construcción civil, el régimen agrario, pesca, artistas y otros casos parecidos, están sujetos a regulaciones determinadas.
De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), las sanciones para las empresas que no logren depositar la CTS en el plazo establecido son:
- Pequeñas empresas: las multas oscilan entre los S/ 2 475 y S/ 24 750.
- Empresas no Mype: las multas van desde los S/ 8 635 y S/ 143 660.