Actualmente, la Oficina de Normalización Previsional informó que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) brinda a sus afiliados una serie de beneficios, entre ellos pensiones por invalidez, jubilación y sobrevivencia, así como pagos adicionales y acceso a servicios de salud. Eso no es todo, el sistema permite percibir un ingreso mensual incluso antes de alcanzar la edad de jubilación establecida. De esta manera, como es habitual cada mes, la ONP brinda a sus afiliados el cronograma de pagos para que accedan a sus montos a través del Banco de la Nación y otras entidades financieras. En esta oportunidad, tras iniciarse el desembolso para un grupo de pensionistas, el 14 de mayo comenzó el pago a domicilio a más de 9 mil adultos mayores, lo que les permitirá cubrir diversos gastos, como medicinas, alimentos, alquiler del hogar, entre otras necesidades. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.
A través de sus plataformas oficiales, la Oficina de Normalización Previsional informó que, desde el jueves 14 hasta el sábado 23 de mayo, cerca de 9 979 pensionistas se verán beneficiados con el pago de su pensión a domicilio. Es decir, este grupo de personas no tendrá la necesidad de salir de casa, ya que el personal se acercará hasta las viviendas de cada jubilado para entregarles su dinero en Lima Metropolitana. A continuación, te presentamos el cronograma de pagos de la ONP establecido para el presente mes:
- Lima Norte (14 al 16 de mayo): Ancón, Bellavista, Callao, Carabayllo, Carmen de la Legua, Comas, Independencia, La Perla, La Punta, Los Olivos, Mi Perú, Magdalena, Pueblo Libre, Puente Piedra, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Rosa, Santa Rosa de Quives y Ventanilla.
- Lima Sur (17 y 18 de mayo): Barranco, Chilca, Chorrillos, Lurín, Miraflores, Punta Negra, San Borja, San Isidro, San Juan de Miraflores, Santiago de Surco, Surquillo, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo.
- Lima Centro (19 al 21 de mayo): Ate, Breña, Chaclacayo, Cieneguilla, El Agustino, Jesús María, La Molina, La Victoria, Lima, Lince, Lurigancho, Pachacámac, Ricardo Palma, Rímac, San Juan de Lurigancho, San Luis, Santa Anita y Santa Eulalia.
- Segunda visita (22 y 23 de mayo): destinada a pensionistas que no pudieron ser ubicados durante la primera programación.
El pasado 16 de abril se admitió a través de un Decreto Supremo n.° 061-2026-EF, publicado en el diario El Peruano, el reglamento que modifica “la Ley n° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, aprobado por Decreto Supremo n° 189-2025-EF, a fin de adecuar su contenido a las disposiciones establecidas en la Ley n° 32445, Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT) y establece otras disposiciones". Es decir, si bien se hace referencia a la Ley de retiro de AFP, esta se menciona solo con el fin de modificar las disposiciones que dicha norma establecía en su momento, quedando descartada un nuevo desembolso, conforme comparte Infobae.
De esta manera, según la norma, se establece la actualización de las disposiciones contenidas en el reglamento de la Ley del Sistema Previsional Peruano (Ley n.° 32123), con el fin de que los aportes al sistema previsional, tanto público como privado, de los trabajadores independientes que perciben rentas de cuarta categoría continúen siendo de carácter voluntario. “El Ministerio de Economía y Finanzas dispuso (...) la adecuación del marco normativo del Sistema Previsional Peruano, para que el aporte de los trabajadores independientes en el sistema previsional se mantenga como voluntario”, indica el texto, compartido por Infobae.