La CCL señaló que el criterio usado por el TC ya fue incluido en el Código Tributario desde el año 2014. Foto: archivo GEC
La CCL señaló que el criterio usado por el TC ya fue incluido en el Código Tributario desde el año 2014. Foto: archivo GEC
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La Cámara de Comercio de Lima (CCL) respaldó la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que determinó como precedente constitucional vinculante, que la Sunat se encuentre prohibida de aplicar intereses moratorios después del vencimiento del plazo legal establecido para resolver los recursos administrativos que plantean los contribuyentes.

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