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MEF publicó el reglamento de la reforma de pensiones: aporte de independientes y los otros cambios que tendrá el sistema pensionario
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Este viernes, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional, con el que, según el sector, se inicia la adecuación hacia una estructura multipilar del régimen previsional privado y el público.
Según Aldo Ferrini, CEO de AFP Integra, los cambios se estarían empezando a notar a partir de enero del siguiente año.
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Estas son las claves para entender qué contempla el reglamento.
Comisión por desempeño
El reglamento establece una alternativa en la comisión de cobro en el Sistema Privado de pensiones (SPP): la comisión por productividad o desempeño.

Según el artículo 5 del reglamento, los afiliados con más de 24 meses (2 años) en el sistema privado podrán solicitar un cambio en su esquema de comisión de cobro para decidir si se mantienen con una comisión por saldo o una por desempeño.
Estas solicitudes de migración se van a realizar considerando los plazos que determine la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Además, de acuerdo al documento, tiene dos componentes: una comisión fija, que es calculada por la superintendencia, y otra comisión que se genera por la rentabilidad ganada.
Aldo Ferrini, CEO de AFP Integra, explica que esta comisión se cobra sobre el fondo administrado, además de que el componente fijo se utiliza para la gestión del fondo y la parte operativa de los costos.

No obstante, precisó que el porcentaje que se cobrará en esta comisión no es conocida, dado que depende de la rentabilidad que se generen en los fondos previsionales.
Ello a diferencia de la comisión por saldo, donde se establece un porcentaje fijo de cobro, aún si el fondo tiene una alta rentabilidad o una contracción.
A su vez, David Tuesta, presidente ejecutivo del Consejo Privado de Competitividad (CPC), sostuvo que queda pendiente explicar cómo funcionará a detalle el mecanismo de la comisión por desempeño. Ello implicará un trabajo de educación financiera con los afiliados, agregó.
Pensión desde los 10 años de aporte
El reglamento señala que los afiliados al sistema privado podrán acceder a una pensión mínima, aspecto con el que ya contaba el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Para ello, se necesitan 240 unidades de aportes acreditadas (20 años). Una unidad de aporte equivale a un mes de aporte del afiliado.
En caso no se llegue a dicha cantidad, se podrán acreditar un mínimo de 120 unidades de aportes (10 años) para acceder a una pensión proporcional especial.

El monto de la pensión mínima en el sistema privado es igual al monto que se establece para el sistema público, indica el reglamento.
Para Ferrini, los afiliados al sistema privado tienen el mismo beneficio que los del sistema público.
Aportes de independientes
Dentro del reglamento, se establece que a partir del 2028 los trabajadores independientes que perciben ingresos de cuarta categoría realizarán aportes obligatorios al sistema previsional.
Los aportes de los independientes se constituyen por el total de ingresos percibidos en el mes y con emisión de recibos por honorarios. Además, se precisa que si la percepción de estos ingresos no se da en el mismo mes que se emitió el recibo por honorarios, el aporte por dicho ingreso pasa a ser parte de la base imponible del mes donde se registra el ingreso económico.

Los porcentajes del aporte serán un 2% desde el 2028 y 2029, 3% en el 2030 y 2031, 4% en el 2032 y 2033, y 5% a partir del 2034.
Al respecto, Tuesta apuntó que el trabajador independiente puede tener al inicio la sensación de que se le descuenta un porcentaje de sus ingresos.
Asimismo, consideró que, por los porcentajes de aportes, se deberá explicar cuál será la pensión que se le generará con sus aportes y si recibirá un subsidio para llegar a la pensión mínima.
Traslado entre sistemas
Como señala el reglamento, el afiliado puede trasladarse del sistema previsional público al privado y viceversa.
Ferrini consideró que esto elimina riesgos para los afiliados, dado que conecta ambos sistemas previsionales y facilita su posibilidad de traslado entre sistemas.
Por otro lado, a partir de junio de 2027, todos los ciudadanos que cumplan 18 años deberán afiliarse de manera obligatoria al sistema previsional, sea el público o el privado.

Para ello, tendrán el plazo de un año para elegir el sistema al cual afiliarse. De lo contrario, automáticamente pasarán al SNP.
En el caso de las personas de 18 años a más, desde el 31 de mayo de 2027 estarán obligados a afiliarse a un sistema previsional. Según el reglamento, desde el 1 de junio de 2027, si estos ciudadanos no han elegido un sistema, automáticamente quedan afiliados al SPP.
Mayor competencia
En el sistema previsional modernizado, no solo van a competir las AFP en el SPP, sino que también tendrán la posibilidad de entrar en el mercado entidades del sistema financiero, como los bancos, cajas, cooperativas y aseguradoras, según AFP Integra.
Si bien los costos de comisiones ya son competitivos, sostuvo Ferrini, el diferencial se dará en los beneficios en innovación, en servicios y tecnología.
Por otro lado, el Estudio Vinatea & Toyama también destacó que el MEF podrá asignar recursos para complementar los aportes voluntarios en los sistemas previsionales. Además, resaltó que se abre una cuenta especial por consumo, con el 1% de compras de las boletas de pago. Esto último se aplicará desde el 2027 con montos topes.











