El nuevo plazo de envío tiene como finalidad que el usuario pueda tener certeza en un menor tiempo que se está cumpliendo con las condiciones de emisión de un documento electrónico. (Foto: Sunat)
El nuevo plazo de envío tiene como finalidad que el usuario pueda tener certeza en un menor tiempo que se está cumpliendo con las condiciones de emisión de un documento electrónico. (Foto: Sunat)
Por Redacción EC

A partir del 1 de enero de 2022, las facturas electrónicas deben enviarse a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) o al Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda, en un periodo no mayor de dos días calendarios, contados desde su emisión, para que estos comprobantes electrónicos sean considerados válidos.

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