Por Héctor López Martínez

El 16 de diciembre de 1822 el Congreso Constituyente aprobó las “Bases de la Constitución Política del Perú”, documento que constaba de 24 artículos preparado por la comisión integrada por Justo Figuerola, Francisco Javier de Luna Pizarro, Hipólito Unanue y Manuel Pérez de Tudela. Este último respaldó sólidamente la forma republicana de gobierno. Las “Bases” fueron muy útiles para la redacción de la fugaz Constitución de 1823, la que según José Pareja Paz Soldán confundía política, virtud y moralidad. Su artículo 14°, por ejemplo, decía que era indigno del nombre peruano “el que no fuera religioso, el que no amara la patria, el que no fuera justo y benéfico, el que faltase al decoro nacional y el que no cumpliese con lo que se debe a sí mismo”. Lo cierto fue que Pérez de Tudela era cumplido poseedor de todas esas buenas prendas y otras más como pudieron comprobar sus coetáneos en numerosas oportunidades.

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