"Los tiempos actuales nos obligan mirar en todas direcciones para poder abordar la compleja situación que atraviesa nuestro país". (Ilustración: Víctor Aguilar)
"Los tiempos actuales nos obligan mirar en todas direcciones para poder abordar la compleja situación que atraviesa nuestro país". (Ilustración: Víctor Aguilar)
Piero Vásquez Agüero

Hoy en el Perú nos toca transitar, una vez más, la muerte de modo colectivo. Las escalofriantes imágenes de cadáveres en bolsas negras cuyo único identificador pareciera ser un papel pegado encima de los cuerpos que desbordan los pasillos del Hospital General de Lambayeque o la Morgue Municipal de Loreto nos llevan a pensar que estamos viviendo los efectos más temidos de la pandemia. Y en medio del dolor, es necesario recordar que el Estado debe regular el manejo de cadáveres, de cara a sus obligaciones en materia de derechos humanos desde dos ángulos: la protección de la identidad de los fallecidos y el cuidado del duelo y participación de sus familiares.

Dicho lo anterior, la Directiva Sanitaria N° 087 -2020-DIGESA/MINSA para el manejo de cadáveres por omite pronunciarse sobre los cadáveres de personas no identificadas. A los ojos del derecho internacional, estos casos deben ser atendidos conforme a las obligaciones internacionales del Perú en materia de personas desaparecidas. Entonces, es necesario que se establezcan las medidas necesarias para asegurar el registro documental, forense y/o fotográfico de estos cuerpos, generando su trazabilidad adecuada y, por ejemplo, como ha sido dispuesto en el caso mexicano, prohibiendo la incineración de estos restos y disponiendo su inhumación en tumbas individuales o fosas específicas para casos de , y así facilitar su identificación posterior si algún familiar iniciara un proceso de búsqueda.

Por otro lado, en tiempos de pandemia o no, es necesario que se respete el derecho de los familiares de participar en los asuntos relacionados con el manejo de los cadáveres de sus parientes y que las disposiciones de restricción sobre los ritos mortuorios sean necesarias y proporcionales. Enterrar a nuestros muertos practicando ritos espirituales y culturales es parte de la libertad de conciencia y religión. Si bien la normativa dispone la participación de un “pariente directo” en la decisión sobre la disposición de los restos de su ser querido, dicha directiva prohíbe los velorios, pues evidentemente esta práctica rompería el distanciamiento social. Esta restricción debe ser compatibilizada con los derechos mencionados y tomar en consideración contextos culturales, por ejemplo, indígenas o religiosos que pueden ser llevados a cabo respetando las reglas del distanciamiento social y las salvaguardas dispuestas en la declaratoria del estado de emergencia, y la propia directiva en mención. Por otro lado, la denominación de “pariente directo” para la decisión de inhumación o incineración del cuerpo de la persona fallecida representa una limitación para familias conformadas por parejas del mismo sexo, quienes no gozan de ningún tipo de reconocimiento legal. Por lo que el protocolo debería incluir que las decisiones médicas y de disposición del cadáver recaigan en la persona que el paciente designó en vida y no necesariamente en su familia consanguínea, dado que en muchos casos de personas LGBTIQ dicho núcleo representa un espacio de violencia y es el entorno social su auténtica red de apoyo familiar.

Finalmente, es necesario recalcar la importancia de que el personal de salud preste especial atención a aquellas supuestas muertes por de personas que se encuentran bajo custodia del Estado o de cuerpos con signos de deceso por la ocurrencia de hechos potencialmente ilícitos. En estos casos, el Estado tiene la obligación de esclarecimiento de las causas de la muerte a través de los estudios médicos y forenses ya establecidos para este tipo de casos.

Los tiempos actuales nos obligan mirar en todas direcciones para poder abordar la compleja situación que atraviesa nuestro país. Los derechos humanos y su versatilidad para adecuarse a diversas situaciones ofrecen al Estado una ruta cierta para la toma de sus decisiones: procurar la dignidad del ser humano, incluso en las situaciones más difíciles.

Autor:

El Comercio mantendrá con acceso libre todo su contenido informativo sobre el coronavirus.

Contenido sugerido

Contenido GEC