Sin personeros no hay paraíso

“No debe soslayarse que los partidos, sobre todo tras experiencias pasadas, estaban obligados a acreditar personeros en las mesas de sufragio”.

    Natale Amprimo Plá
    Por

    es abogado constitucionalista

    namprimo@comercio.com.pe

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    Personeros, observadores y ciudadanos también podrán registrar el conteo siempre que no interfieran en el proceso. (Foto: Andina)
    Personeros, observadores y ciudadanos también podrán registrar el conteo siempre que no interfieran en el proceso. (Foto: Andina)

    Conforme con el artículo 185 de la Constitución, el escrutinio de los votos en una elección se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio, y solo son revisables en los casos de error material o de impugnación.

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