Muchos de los casos criminales más emblemáticos en el mundo que han tenido lugar en los últimos años han sido posibles gracias a la figura del colaborador eficaz. Pero para buscar ejemplos, en honor a la verdad, no hace falta ir tan lejos. Solo en nuestro país, esta figura ha permitido avanzar y conocer mayores detalles en investigaciones como las del Club de la Construcción, Los Dinámicos del Centro, Los Cuellos Blancos del Puerto, Los Wachiturros de Tumán, Los Intocables Ediles y la versión peruana del Caso Lava Jato.
En la medida en que varios de los implicados en estas investigaciones tienen conexiones con algunos de los partidos políticos que han contado o cuentan con presencia en el hemiciclo o en Palacio de Gobierno, el riesgo de que se pueda socavar o ponerle trabas al proceso de colaboración eficaz ‘desde arriba’ siempre ha estado latente. Y un dictamen aprobado hace no mucho en la Comisión de Justicia del Congreso precisamente confirma estos temores.
El pasado 19 de enero, se aprobó en dicho grupo de trabajo una iniciativa que busca introducir modificaciones en el Código Procesal Penal y en el Código Penal en lo que respecta a la colaboración eficaz. En pocas palabras, se trata de hacer de este un proceso más engorroso, difícil de concretar y arriesgado para quienes informen sobre algunos de sus aspectos.
Entre los cambios a la normativa que traería consigo está el de prohibir que las declaraciones de los aspirantes a colaboradores eficaces puedan ser corroboradas con los dichos de otros aspirantes. Un sinsentido por donde se lo mire porque, como bien ha apuntado el Poder Judicial entre los argumentos que envió a la comisión, la corroboración de una declaración depende del análisis que se haga de cada caso en particular y de la “potestad valorativa del órgano jurisdiccional”.
La iniciativa legal, además, exige que todas las declaraciones queden registradas en formato audiovisual y estipula que el plazo del proceso –desde que ingresa la solicitud hasta que se cierra el acuerdo de beneficios– será de ocho meses, prorrogables por un máximo de ocho meses más para casos de crimen organizado. Como han advertido varias voces, esta indicación haría inviable en la práctica el mecanismo de la colaboración eficaz, pues esta se ha venido aplicando en casos complejos que en no pocas veces incluyen delitos cometidos a una escala transnacional que exigen la colaboración de entidades fuera del país. Actualmente, no existe ningún plazo que regule esta figura.
También ha llamado la atención el hecho de que el proyecto busque sancionar con entre cuatro y seis años de pena privativa de la libertad a quienes revelen, suministren o difundan la identidad o el contenido de la declaración de un colaborador eficaz “en cualquier estado de la investigación o del proceso”. Como es evidente, esta modificación pondría en grave riesgo el trabajo periodístico y el interés público, dado que mucho de lo que los peruanos conocemos hoy sobre los avances de investigaciones como las referidas líneas atrás se debe a los destapes que han realizado varios medios, como este Diario, sobre las declaraciones que aspirantes a colaboradores eficaces le han brindado a la fiscalía.
Y aunque todavía esta iniciativa deberá ser discutida en el pleno, es poco probable que al final del día no termine por aprobarse. Después de todo, los once congresistas que votaron por ella en la Comisión de Justicia representan a bancadas que, en su conjunto, suman 105 escaños.
¿Qué hay detrás de una movida de este tipo? Pues no hace falta ser muy imaginativos. No parece coincidencia que en un hemiciclo en donde están presentes partidos cuyos líderes (como Keiko Fujimori, Vladimir Cerrón o José Luna Gálvez) vienen siendo investigados en casos en los que la figura del colaborador eficaz cumple un rol fundamental, quieren traérsela abajo en lo que a todas luces configura un pacto por la impunidad.
Parece que en el Legislativo no se terminan de dar cuenta de que son precisamente estas actitudes las que explican el ínfimo apoyo que registran en todas las encuestas.
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