“Para el transporte de enfermos se debe disponer de coches especiales que lleven una denominación particular”. (Ilustración: Giovanni Tazza).
“Para el transporte de enfermos se debe disponer de coches especiales que lleven una denominación particular”. (Ilustración: Giovanni Tazza).
Hace 100 años

La Dirección de Salubridad, a cargo del doctor Sebastián Lorente, ha recordado al gerente del Ferrocarril Central los artículos pertinentes del Reglamento de Ferrocarriles que prohíben el transporte en los coches comunes “de personas atacadas de enfermedades infectocontagiosas, molestas o repugnantes”. Para el transporte de enfermos se debe disponer de coches especiales que lleven una denominación particular, no permitiéndose nunca que sean dedicados al transporte de personas sanas. Los coches se construirán de modo que faciliten su desinfección.

H.L.M.

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