

La Corte Suprema revocó el fallo en primera instancia que le devolvió bienes incautados al expresidente Martín Vizcarra (2018-2020), en el marco de la investigación que afronta por los presuntos delitos de organización criminal y colusión agravada en agravio del Estado.
Fue al declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, contra el auto de primera instancia del 10 de diciembre de 2024 dictado a favor del exmandatario.
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Vizcarra Cornejo había solicitado la devolución de 68 bienes incautados el 18 de marzo de 2024 en su domicilio en San Isidro. Su pedido fue declarado fundado en parte por el Juzgado de Investigación Preparatoria.
Se trata de teléfonos móviles, tabletas, computadoras, CPU’s, laptops, USB’s, discos externos, entre otros, cuya información extraída se encuentra bajo custodia del Ministerio Público.
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En su resolución, la Corte Suprema refirió que un informe señaló que falta realizar la fase de indexación de la información extraída, por lo que se entiende que la pericia de la fiscalía aún no ha concluido.
En ese sentido, remarcó que la fuente de prueba, es decir, el dispositivo material y la información que contiene (ambas entendidas como una unidad, necesarias como contraste de autenticidad) debe permanecer a disposición de la fiscalía y de los peritos.
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Como se recuerda, el expresidente Martín Vizcarra y el exministro de Transportes y Comunicaciones Edmer Trujillo afrontan una investigación preliminar por el Caso Los Intocables de la Corrupción.
De acuerdo con la hipótesis fiscal, Vizcarra habría recibido sobornos por parte de empresas peruanas y chinas beneficiadas ilegalmente con licitaciones de Provías Descentralizado (PVD), una entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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El Ministerio Público también apunta a que el nombramiento de Edmer Trujillo como ministro de Transportes y Comunicaciones fue clave para la realización de los actos ilícitos.
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