El Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentado a favor del expresidente Ollanta Humala por presunta violación a la libertad individual.
El recurso - interpuesto por Cynthia Montes Llanos- había sido presentado contra René Martínez Castro, Edhin Campos Barranzuela y Jhonny Hans Contreras Cuzcano, jueces superiores de la Primera Sala Penal Superior Nacional de la Corte Superior Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios.
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Asimismo, contra el juez Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado de Crimen Organizado; y contra el Poder Judicial, representado por su Procuraduría Pública.
En su resolución, el juzgado considera que el hábeas corpus solo procede en casos en que se violen o amenacen los derechos constitucionales “por acción u omisión de actos de cumplimiento obligatorio por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona”.
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“Lo que la accionante está buscando es que este juez constitucional revise o califique el sentido de las resoluciones judiciales penales, lo que es un imposible jurídico, ya que ésta es función exclusiva y excluyente del Juez Ordinario Penal”, refirió.
“Podemos afirmar objetiva y contundentemente que en la pretensión de la demandante no existe vulneración manifiesta alguna de derechos constitucionales vinculados a la Debida Motivación de las Resoluciones Judiciales”, añade el documento.
Aquí puede leer la resolución completa:
En mayo del 2019, el fiscal para casos de lavado de activos Germán Juárez Atoche formalizó su acusación contra el ex presidente Humala y su esposa Nadine Heredia por el presunto delito de lavado de activos en criminalidad organizada por la recepción de dinero ilícito de la constructora Odebrecht y de la minería ilegal para las campañas electorales del 2006 y 2011. Solicitó 26 años y 6 meses de cárcel para la ex primer adama y 20 años de prisión para el exmandatario.
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