A nivel nacional, el Perú cuenta con normativas que deben cumplirse para salvaguardar la integridad de las personas que utilizan transporte público, por ejemplo. En ese sentido, el Reglamento Nacional de Tránsito (RTRAN) modificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) hacia el 2025, revela la incorporación de estas nuevas infracciones mediante las cuales puedes estar sujeto a internamiento vehicular y hasta retención de licencia de conducir tras implementarse el Telepeaje oficialmente.
ESTAS NUEVAS INFRACCIONES DIRIGIDAS A CONDUCTORES EN PERÚ HAN SIDO INCORPORADAS POR EL MTC AL RTRAN
Con el inicio de 2025, también llegaron novedades dirigidas a los conductores que recorren el Perú haciendo uso de su brevete, y es que el MTC mediante Decreto Supremo Nº 018, decidió incorporar nuevas infracciones al RTRAN con la finalidad de implementar el Telepeaje en la red vial nacional, departamental y provincial del país.

Ante lo expuesto, te damos a conocer los detalles que regulan la aplicación de multas que terminan sancionando a “quienes, sin realizar el pago de peaje, circulen por las vías públicas terrestres donde se encuentran instaladas garitas o infraestructura” para dicho efecto, y hoy asciende a los S/412 más "40 puntos en el historial de conductor y la retención del vehículo”.
Cabe resaltar, que asimismo el RTRAN modificado mediante Decreto Supremo 018, establece la incorporación de estas dos infracciones a fin de “sancionar las conductas de quienes incumplan con el pago del peaje”:
- Infracción M45 / Aplica a quienes transiten por rutas ajenas a caminos, vías urbanas o al Sistema Nacional de Carreteras (Sinac) con el fin de evitar el pago del peaje
- Falta muy grave que amerita internamiento del vehículo.
- Falta muy grave que amerita retención de la licencia de conducir.
- Falta muy grave que amerita multa del 12 % de una UIT (S/ 642).
- Infracción M46 / Aplica a quienes realicen maniobras o acciones que provoquen daños a la infraestructura o garitas de peaje
- Falta muy grave que amerita internamiento del vehículo.
- Falta muy grave que amerita retención de la licencia de conducir.
- Falta muy grave que amerita multa del 12 % de una UIT (S/ 642).
Asimismo, y adicionalmente tal y como lo refiere el MTC, el conductor con licencia de conducir tiene la obligación de usar el carril señalizado, “según la forma de pago del peaje que se elija (manual o electrónica)”, mientras las entidades o empresas concesionarias deben operar de manera eficiente señalizando esos carriles de telepeaje.
ASÍ PUEDES CONSULTAR EN LÍNEA TU RÉCORD DE CONDUCTOR MEDIANTE PLATAFORMA DEL MTC
El MTC continúa poniendo a disposición de los ciudadanos con brevete a nivel nacional, el servicio ágil, dinámico y digital para obtener en tiempo real el Récord de Conductor desde una computadora, laptop, y/o dispositivo móvil.
De acuerdo a información compartida por el gobierno del Perú y el MTC a través de videos interactivos, el Récord de Conductor representa una estrategia estatal que busca regular y mostrarle al usuario el estado actualizado de sus infracciones, sanciones, el tipo de falta cometida, e historial de trámites realizados a la fecha, sin la necesidad de gastar, formar una cola o llenar un formulario.
La iniciativa gubernamental ayuda a que el conductor se mantenga al día en el pago de sus papeletas de tránsito, sepa con inmediatez el detalle de las mismas, y mejore su récord de puntuación del Sistema de Licencia de Conducir por Puntos.
Al respecto, te compartimos a detalle y en sencillos pasos, cómo y dónde debes ingresar para visualizar, imprimir o enviar por correo electrónico, tu Récord de Conductor gratuitamente según el MTC:
1- Acceder desde laptop, PC o dispositivo móvil a “Récord de Conductor”.
2- Puedes escoger si deseas ingresar a la plataforma colocando tu tipo de documento o número de conductor.
Si pulsas “Número de Documento”, debes colocar tu número de Documento Nacional de Identidad (DNI) o licencia de conducir, Carné de Extranjería o Carné de Solicitante según la nacionalidad del usuario, y si eliges “Número de Récord” hacer lo propio.

Para ambos casos, el sistema solicitará que se copie el código CAPTCHA que figura debajo de los datos requeridos.
3- Pulsar “Buscar” para que aparezca toda la información sobre tus sanciones o multas de tránsito.
ESTOS CAMBIOS HA ESTABLECIDO EL MTC PARA QUE ADULTOS MAYORES DESDE LOS 70 AÑOS PUEDAN RENOVAR BREVETE
La utilidad de una licencia de conducir en Perú reviste de suma importancia a nivel nacional, porque además de portarlo, debes como conductor de cualquier tipo de vehículo automotor, adecuarte a las diversas normativas implementadas por el MTC que expresan, entre otras cosas, ciertas condiciones dirigidas a las personas de 70 años cuya necesidad hoy se encuentra enfocada en renovar o revalidar su brevete.
Al respecto, y mediante la plataforma única del Estado peruano, dicha cartera ministerial expone que llevar a cabo este proceso implica indispensablemente “haber aprobado el examen médico” de manera previa, y sin rendir la evaluación de manejo, considerando además los siguientes plazos según la edad para el adulto mayor que lo requiera:
- Si tienes entre 70 y 75 años, debes revalidar anualmente tu licencia AII o AIII.
- Si tienes entre 75 a 81 años, debes revalidar tu licencia AI cada 3 años y la AII o AIII cada 6 meses.
- Si tienes más de 81 años, debes revalidar tu licencia AI cada 2 años, quedando así descartado que puedas renovar un brevete tipo AII o AIII.
En ese sentido, también resulta importante que cada adulto mayor a partir de los 70 años cumplan con las siguientes condiciones y/o exigencias para que el MTC admita su solicitud de revalidación a nivel nacional:
- No estar suspendido como conductor o tener la licencia de conducir retenida según el Registro Nacional de Sanciones.
- No contar con sanciones o multas pendientes de pago.
- No estar privado del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
Cabe resaltar, que si como conductor el solicitante figura facultado para renovar o revalidar su brevete en Perú de manera regular, de acuerdo a lo expuesto líneas arriba, lo último que debe hacer es básicamente tener a la mano documentación que así lo avale, tales como “DNI, Tarjeta de identidad, Carnet de solicitante, Asilado (original y vigente) o Carnet de Extranjería (original y copia)”, certificación de los exámenes aprobados, y la propia licencia de conducir física vencida o a punto de caducar.
Asimismo, y con respecto a la vigencia de documento autorizante para profesionales y no profesionales o particulares, el MTC refiere que los adultos mayores entre 70 y 76 años de edad lo pueden utilizar por periodo de 1 año, y 6 meses si tienen de 76 a 81, mientras 5 años a partir de los 70 hasta los 75, 3 de 75 a 81, y 2 periodos anuales con 81 años a cuestas.


