La medida facilitará el cumplimiento de obligaciones tributarias, según la Sunat. (Foto: Archivo El Comercio)
La medida facilitará el cumplimiento de obligaciones tributarias, según la Sunat. (Foto: Archivo El Comercio)
Redacción EC

La , mediante una resolución emitida este jueves 28 de febrero, modificó el oficio N° 239-2018/Sunat, que establece el uso obligatorio del / Operador de Servicios Electrónicos (SEE - ) y del Sistema de Emisión Electrónica - SEE Sunat.

Con dicha resolución, se modificaron las fechas en que deben emitirse los comprobantes electrónicos a través de estos sistemas, con la finalidad de otorgar un mayor tiempo de adecuación a los emisores electrónicos para la emisión obligatoria, a través del SEE – OSE y el SEE - SOL.




En consecuencia, los emisores electrónicos que al 31 de diciembre del 2018 tengan la calidad de principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima o principales contribuyentes de las intendencias regionales u oficinas zonales, y cuyos ingresos anuales en el año 2017 sean iguales o mayores a 300 UIT, estarán obligados a emitir en la SEE - OSE desde el 1 de marzo.

Excepcionalmente, dichos emisores electrónicos podrán utilizar hasta el 30 de junio del 2019 el SEE - Del Contribuyente de la Sunat.

OPERADORES DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS
Asimismo, la Sunat postergó para julio de este año la obligación que iban a tener alrededor de 17.000 Principales Contribuyentes (Pricos) de contratar a los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) para validar la emisión de los comprobantes electrónicos.

De esa manera, la Sunat estableció que para validar la emisión del comprobante electrónico, los Pricos podrán continuar usando hasta el 30 de junio de este año las operaciones en línea de la Sunat. Luego de esta fecha, será obligatorio la contratación de los OSE.

Como se recuerda, la obligación de contratar a los OSE ha sido cuestionada por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú (JDCCP), al presentar una demanda de inconstitucionalidad en contra del Decreto Legislativo 1314, que facultó a la Sunat a que terceros (es decir, los OSE) realicen las labores relativas a la emisión de comprobantes electrónicos.

El DL 1314 vulnera los derechos constitucionales, como la reserva tributaria a las empresas y el derecho a la intimidad de las personas, señaló Jorge de Velazco, presidente del Cómite Técnico de Tributarios de la JDCCP, a Gestión.

En ese sentido, advirtió que los OSE, que se encuentren a cargo de la verificación de comprobantes, podrían filtrar información de la competencia. Así como, que un tercero pueda manejar información a los servicios que adquieren los comerciantes, frecuencias, entre otros datos podría vulnerar el derecho a la intimidad.

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