Cabe señalar que el Grupo El Comercio es dueño en la actualidad de seis marcas de diarios, de un total de 75 periódicos que ha sido posible identificar en todo el país. (Foto: GEC/archivo)
Cabe señalar que el Grupo El Comercio es dueño en la actualidad de seis marcas de diarios, de un total de 75 periódicos que ha sido posible identificar en todo el país. (Foto: GEC/archivo)
Redacción EC

La Corte Superior de Lima revisará mañana la demanda de amparo interpuesta por la compra de la Empresa Periodística Nacional S.A. (Epensa) por parte del Grupo El Comercio (GEC), operación que se produjo en julio del 2013.

Una sentencia que plantee la anulación del contrato de compraventa de acciones pondría en riesgo el derecho del lector a elegir libremente a través de qué medio informarse. De igual manera, resulta peligroso que el Poder Judicial, a través de un proceso de amparo, el cual está previsto para tutelas urgentes, y donde no existe una etapa probatoria, tenga injerencia en una operación entre dos privados. Esto atentaría contra los derechos constitucionales de libertad de empresa, de propiedad y de contratación. Además, desconocería que el pluralismo informativo en el país existe.

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Cabe señalar que el Grupo El Comercio es dueño en la actualidad de seis marcas de diarios, de un total de 75 periódicos que ha sido posible identificar en todo el país. Además, en el mercado de prensa escrita existe un alto grado de competencia, reforzada por la disrupción digital que aceleró la aparición de nuevas ediciones digitales, e inclusive redes sociales. A ellos se suman decenas de canales de televisión, cientos de radios y cada vez más medios digitales, lo que garantiza la diversidad de enfoques y el pluralismo informativo.

La libertad de información, de otro lado, implica que los fallos judiciales no puedan decidir qué medios deben consumir los peruanos, sino que esta elección debe responder únicamente a los hábitos y preferencias de la ciudadanía.

Idas y vueltas judiciales

Luego de que la acción de amparo se presentara en noviembre del 2013, ocho años después, en junio del 2021, el juez Juan Ricardo Macedo Cuenca emitió una primera sentencia en la que declaró fundada la demanda. Sin embargo, en segunda instancia, la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima anuló la resolución por violación del debido proceso y regresó el caso al juez Macedo.

Posteriormente, el 20 de julio de este año, dicho magistrado dictó una nueva resolución en la que otra vez declara fundada la demanda y dispone la anulación del contrato de compraventa de acciones, algo que, 10 años después, resultaría inejecutable, según los expertos. Tras la apelación del Grupo El Comercio, nuevamente la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Lima tiene hoy el caso en sus manos.

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