El Ministerio de Fomento ha dictado las resoluciones pertinentes para que, de inmediato, se proceda a dictar las medidas sanitarias adecuadas destinadas al control sanitario de ferrocarriles, tranvías, ómnibus y vehículos de transporte interurbano, cautelando, al mismo tiempo, la salud y la comodidad de los pasajeros, e igualmente la salubridad, impidiendo la propagación de contagios e incluso epidemias. El reglamento futuro señalará formas y fechas de fumigación, desinfección y desinfectización, señalando además los costos de estos servicios. H.L.M.
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