"Anne-Robert Jacques Turgot fue un economista francés del siglo XVIII. Fue un defensor de la libertad de comercio y un crítico del mercantilismo".
"Anne-Robert Jacques Turgot fue un economista francés del siglo XVIII. Fue un defensor de la libertad de comercio y un crítico del mercantilismo".
Iván Alonso

Anne-Robert Jacques Turgot fue un economista francés del siglo XVIII. Fue un defensor de la libertad de comercio y un crítico del mercantilismo, esto es, de las políticas económicas dirigidas a favorecer a un sector en particular, en desmedro del bienestar general. Se dice que fue un precursor de Adam Smith, pero cada uno estaba ya escribiendo su respectiva obra maestra cuando se conocieron en París, en 1765, en casa del barón d’Holbach, anfitrión de famosas tertulias intelectuales de la Ilustración.

La obra de Turgot es poco conocida entre nosotros, pero gracias al esfuerzo editorial de nuestro amigo Walter Puelles se han publicado recientemente dos de sus ensayos, traducidos magníficamente del francés por Vincent Dumortier. Primero fue la “Memoria sobre minas y canteras”, en la que Turgot defiende el derecho a la propiedad privada de los recursos del subsuelo. Luego, la “Memoria sobre préstamos de dinero”, en la que analiza la importancia del crédito para el funcionamiento de la economía y las consecuencias de la interferencia gubernamental en el mercado crediticio.

Esta segunda memoria es una reflexión inspirada en unas denuncias por usura que se presentaron en el pueblo de Angulema, en la provincia de Limoges, de la que Turgot era gobernador. Unos prestatarios inescrupulosos, confabulados con un fiscal corrupto, extorsionaban a los prestamistas que los habían financiado. Algunos consiguieron, bajo amenazas, que estos últimos les devolvieran los intereses cobrados. El pánico generado entre los prestamistas, sin embargo, cortó el crédito a los comerciantes del pueblo.

Las leyes de la época ciertamente prohibían el cobro de intereses (salvo en el caso de préstamos sin plazo fijo de devolución). Pero el incumplimiento de la ley era generalizado porque había emprendedores con buenas oportunidades de negocio, pero que no tenían capital y estaban dispuestos a pagar para obtenerlo. Los rentistas que lo tenían no estaban obligados a prestárselo; podían comprar un inmueble y alquilarlo. El préstamo tenía que redituarles un ingreso comparable. Sobre el incumplimiento de la ley dice Turgot: “Siempre será así cada vez que la ley prohíba lo que la naturaleza de las cosas hace necesario”.

Turgot propone una reforma para legalizar el pago de intereses. Es evidente que el capital es necesario para los negocios. Si no hubiera un mercado de dinero, solo la gente adinerada podría emprender nuevos negocios. Pero, además, la tasa de interés debe ser acordada libremente entre prestamista y prestatario. Los intentos de fijar la tasa de interés o de ponerle un tope para supuestamente proteger a este último terminan perjudicándolo si no tiene garantías que ofrecer. El préstamo más caro es el que no existe.

La prohibición de los intereses viene de la doctrina escolástica de la equivalencia de las prestaciones: lo que se da debe ser igual que lo que se recibe; si uno presta 100, debe recibir a cambio 100 y nada más. Turgot refuta este argumento: lo que el prestamista recibe al momento de dar el préstamo no es la devolución del mismo, sino una promesa de devolución. El valor de esa promesa es lo que determina el interés, y solo puede aquilatarse caso por caso.

La “Memoria sobre préstamos de dinero” sirvió para que las denuncias por usura fueran desestimadas, pero la reforma que proponía nunca se aprobó.