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Cerca de 2 mil familias sobreviven en Punchana sin agua potable y un desagüe abierto pese a sentencia del TC
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Cerca de 2 mil familias sobreviven en Punchana sin agua potable y un desagüe abierto pese a sentencia del TC

Cerca de 2 mil familias sobreviven en Punchana sin agua potable y un desagüe abierto pese a sentencia del TC

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La calidad de vida en en los asentamientos humanos Iván Vásquez y 21 de septiembre, en el distrito de Punchana () es algo que no existe. Ni siquiera es medible. Es una frase tan lejana como la presencia real del Estado en sus calles. Sobrevivir entre la basura, el y el olor fétido del ambiente se ha vuelto la mejor habilidad de sus habitantes. No obstante, no superan la destreza de las autoridades indolentes para evitar abordar esta problemática de falta de salubridad que se repite en otros sectores de .

Por increíble que parezca, el escenario descrito se viene dando pese a que hace dos años, el Tribunal Constitucional (TC) declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en la región Loreto, “ante la vulneración masiva del derecho al agua potable, la falta de acceso a la red de agua y al sistema de alcantarillado en Punchana”.

Las personas en este sector de Punchana viven realmente en condiciones muy precarias.
Las personas en este sector de Punchana viven realmente en condiciones muy precarias.

Los demandantes fueron precisamente los habitantes de los dos asentamientos humanos mencionados. Si bien la sentencia del TC representa una victoria legal y sienta un precedente importante, el desafío actual se encuentra en la ejecución de las medidas ordenadas. Mientras tanto, la situación de vulneración al derecho al agua y saneamiento persiste, y la población afectada sigue esperando que las autoridades cumplan con su deber de garantizarles un servicio básico y un entorno digno y saludable.

Argumentos de la demanda y el fallo

La demanda de amparo ante el TC es dirigida en contra de varias instituciones. Una de las principales es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), pues es el responsable de formular, proponer y fiscalizar las políticas nacionales de saneamiento. Del mismo modo, al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), adscrita a la anterior, encargada de la gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS).

La demanda también incluye a la Empresa Municipal de Saneamiento de Maynas S.A. (EMAPACOP S.A.), responsable de la prestación de los servicios de agua y alcantarillado; la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), que es el organismo regulador; el Ministerio de Salud y la Dirección Regional de Salud de Loreto (Diresa), responsables de la salud pública y el control sanitario del agua.

Ellos denuncian que desperdicios y otros elementos desechados por el hospital de Essalud de la zona llega hasta el desague y termina en donde viven.
Ellos denuncian que desperdicios y otros elementos desechados por el hospital de Essalud de la zona llega hasta el desague y termina en donde viven.

Los puntos clave de la demanda de amparo tienen que ver con falta de acceso a la red de agua potable y de alcantarillado de EMAPACOP, así como los riesgos a la salud de la población, ya que esta se abastece de pozos artesanales. Estudios del Minsa y la Diresa confirmaron que esta agua no es apta para el consumo humano por su alta concentración de hierro, manganeso y bacterias, lo que genera enfermedades gastrointestinales, cutáneas, parasitarias y otras afecciones.

Asimismo, la demanda alega la vulneración de los derechos fundamentales al agua potable, a la salud y a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado. Por su parte, el TC declaró fundada la demanda de amparo, reconociendo el derecho fundamental al agua como un derecho humano autónomo.

Ya son dos años de la sentencia del TC y aun las autoridades no ejecutan lo ordenado.
Ya son dos años de la sentencia del TC y aun las autoridades no ejecutan lo ordenado.

Por lo tanto, el TC ordenó a EMAPACOP S.A. y Otass adoptar las medidas necesarias para conectar los asentamientos a la red pública de agua potable y alcantarillado. Al Minsa y la Diresa los conminó a realizar el control de calidad del agua y garantizar la salubridad de la población mientras se implementan las obras. Mientras que al MVCS le exigió supervisar y asegurar el cumplimiento de la sentencia.

Demoras en cumplimiento

A pesar del mandato del TC, el cumplimiento de la sentencia ha sido problemático, pues hay varios obstáculos alrededor. Aunque se ha ordenado a EMAPACOP S.A. y al OTASS la conexión de los asentamientos a la red pública de agua y alcantarillado, los avances son lentos.

Asimismo, hay una falta de coordinación entre las diferentes entidades gubernamentales (Gobierno Regional, municipalidades y entidades del Gobierno Central) debido a la diversidad de partidos políticos, lo que dificulta el avance de los proyectos.

Además, la falta de proyectos y expedientes técnicos viables y la deficiente fiscalización son barreras adicionales que impiden una solución rápida y efectiva.

Las personas de estos asentamientos piden al Estado que cumplan con lo dispuesto por el TC y cumplan con brindarles servicios básicos de calidad.
Las personas de estos asentamientos piden al Estado que cumplan con lo dispuesto por el TC y cumplan con brindarles servicios básicos de calidad.

Mientras tanto, la población de estos asentamientos continúa dependiendo de pozos artesanales para el consumo de agua, a pesar de que el Ministerio de Salud (Minsa) ha confirmado que no es apta. Esto expone a los habitantes, especialmente a niños y ancianos, a un alto riesgo de enfermedades infecciosas y gastrointestinales. El problema se agrava por la falta de un sistema de alcantarillado.

A fin de darle seguimiento al tema, la Defensoría del Pueblo y el Poder Judicial han participado en audiencias para supervisar los avances del cumplimiento de la sentencia. Se ha establecido que una comisión debe informar al juzgado de ejecución sobre sus progresos cada tres meses.

L población de estos asentamientos continúa dependiendo de pozos artesanales para el consumo de agua, a pesar de que el Ministerio de Salud ha confirmado que no es apta.
L población de estos asentamientos continúa dependiendo de pozos artesanales para el consumo de agua, a pesar de que el Ministerio de Salud ha confirmado que no es apta.

También, el juez a cargo del caso ordenó a la Municipalidad de Maynas entregar agua de forma continua con camiones cisterna mientras se completan las obras, una medida que, según los informes, no se ha cumplido de manera efectiva.

Por su parte, dirigentes de la zona han formado organizaciones para gestionar el desarrollo de sus asentamientos humanos y asegurar que las autoridades cumplan con sus responsabilidades.

"Es cuestión de vivir con dignidad"

En dialogó con El Comercio, Monseñor Miguel Ángel Cadenas, obispo de Iquitos, indicó que pese a que en el último tiempo ha habido “algunos avances” en materia de agua en Punchana, pues de vez en cuando llega este recurso por medio de camiones cisternas, subrayó que la sentencia del TC es clara, y que se debe cumplir en su totalidad, algo que aun no ocurre.

La sentencia indicia que hay un estado de cosas inconstitucionales en todo Loreto, que es uno de los departamentos donde mayor pobreza económica existe. Es necesario ir pensando en un proyecto grande de agua potable y saneamiento para toda la ciudad de Iquitos y el departamento de Loreto. Es un tema de ciudadanía, de que puedan vivir como personas”, manifestó.

El monseñor señaló que las autoridades deben ir solucionando estos problemas para que la población afectada viva con dignidad y se tenga una democracia que realmente valga la pena. “Si la gente ve que la democracia no está resolviendo los problemas concretos, esto conllevaría a estallidos sociales con mucho dolor y violencia. Por eso es es urgente y necesario tratar a las personas con la dignidad que merecen“, expresó.

Cadenas agregó que la Iglesia lleva 10 años asistiendo a estas comunidades en temas jurídicos, tiempo que ha sido más que suficiente como para poder haber resuelto el problema ya, sin embargo, esto no ha sucedido. “Hace dos años de la sentencia y aun no hay una solución que se pueda contemplar. Los ciudadanos tienen derechos que deben ser ejercidos, y el Estado tiene obligaciones con la gente que vive aquí. Es un problema de dignidad humana“, resaltó.

Líderes religiosos piden medidas urgentes

En setiembre del 2024, líderes religiosos de IRI Perú (Iniciativa Interreligiosa para los Bosques Tropicales en el Perú) visitaron Punchana y constataron el “indignante nivel de salubridad” de los asentamientos humanos Iván Vásquez Valera y 21 de Setiembre.

Laura Vargas, coordinadora de IRI Perú, remarcó la voluntad interreligiosa de articular con los funcionarios competentes. “Tenemos que tocar todas las puertas y buscar autoridades que realmente respondan a esta situación tan dura. No podemos seguir cerrando los ojos ante esta realidad”, declaró.

Esta situación en Punchana ocurre desde hace años sin que los gobiernos locales y central hagan algo para cambiarla.
Esta situación en Punchana ocurre desde hace años sin que los gobiernos locales y central hagan algo para cambiarla.

A su vez, Azam Sahih, representante de la Comunidad Bahá’í del Perú, señaló que se necesita tomar medidas urgentes. “Es una situación inhumana. Todos somos hijos de Dios por igual y merecemos tener un estado de vida digno del ser humano. Tenemos que actuar”, recalcó.

Ante ello, los miembros del Consejo Interreligiosos del Perú solicitaron información sobre la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional a la Municipalidad Distrital de Punchana, la Municipalidad Provincial de Maynas, el Gobierno Regional de Loreto y el Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros.

El juez a cargo del caso ordenó a la Municipalidad de Maynas entregar agua de forma continua con camiones cisterna mientras se completan las obras.
El juez a cargo del caso ordenó a la Municipalidad de Maynas entregar agua de forma continua con camiones cisterna mientras se completan las obras.