Las Elecciones Generales 2026 se desarrollaron en el Perú con una masiva concurrencia a las urnas, donde la ciudadanía eligió a sus principales autoridades, entre ellas el jefe de Estado, vicepresidentes, legisladores y representantes ante el Parlamento Andino. En los días previos, se realizó un debate organizado por el Jurado Nacional de Elecciones, en el que los aspirantes presentaron sus propuestas sobre temas prioritarios como la inseguridad y la corrupción, con la intención de ganar el apoyo de los votantes. Una vez concluida la jornada electoral, la Oficina Nacional de Procesos Electorales inició la difusión continua de los resultados oficiales, los cuales pueden consultarse a través de sus canales digitales. En este escenario, surge la duda sobre los requisitos para una victoria en primera vuelta. Y, si bien este resultado ya no es posible en el actual proceso electoral, sirve como una información importante que todos deben tener en cuenta.
Para imponerse en la primera vuelta, un candidato presidencial debe superar la mitad de los votos válidos. De no alcanzarse ese umbral, el proceso se define en una nueva jornada electoral programada para el 7 de junio, en la que compiten únicamente los dos postulantes con mayor respaldo.
La votación finalizó a las 18:00 horas en el país (23:00 GMT), tras una ampliación del horario inicialmente previsto, decisión adoptada por las autoridades ante inconvenientes registrados en diversos locales de sufragio. Como consecuencia de esta situación, también se dispuso una fecha extraordinaria para el lunes 13 de abril.
Si el día de las elecciones la persona que ocupa un cargo de titular o suplente decidió no cumplir su función, recibirá una multa de S/ 275. Aunque tuvieron la oportunidad de justificar su inasistencia mediante excusas o justificaciones formales ante la ONPE o el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así, en cuanto a la ciudadanía que no se acercó a su local de votación para emitir su voto, también serán acreedores de una sanción económica que dependerá de la clasificación del distrito del elector, según la Ley 28859. Es decir, si una persona vive en una zona considerada como pobreza extrema, la multa asciende a S/ 27.50, mientras que los que residen en comunas consideradas pobre, la multa es de S/ 55. En el caso de habitar en un distrito considerado no pobre, la multa llega a S/ 110. Por último, para conocer si una persona cuenta con una multa electoral, el JNE puso a disposición una página web (ENLACE) que permite conocer con solo DNI si fuiste sancionado.
Ignorar el llamado de la ONPE conlleva sanciones económicas. Aquellos ciudadanos que, habiendo sido elegidos como titulares o suplentes, no se presenten a cumplir su función o se nieguen a integrarse a la mesa cuando sea necesario ante la ausencia de sus compañeros, deberán pagar una multa de 275 soles.
Es importante destacar que esta sanción es independiente de la multa por no acudir a votar; por lo tanto, un integrante que no asista y tampoco emita su voto podría enfrentar un doble castigo económico acumulado.