Este 12 de abril, se llevarán a cabo las Elecciones Generales 2026, en la que más de 27 millones de ciudadanos acudirán a las urnas para elegir al nuevo presidente de la República, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino para los próximos cinco años. De esta manera, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) dio a conocer el cronograma para el presente proceso electoral, en la que se fija las fechas y plazos oficiales que deberán respetar tanto los partidos políticos como las entidades del sistema electoral. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
En medio de un contexto electoral, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) reveló que el segmento conformado por jóvenes de entre 18 y 29 años son considerados como el grupo más amplio dentro del padrón electoral nacional con 6.87 millones. Es así que esta cifra marca un desafío importante para los diferentes partidos políticos, ya que tendrán que dirigir su atención y estrategias en este grupo etario que podría definir las elecciones. Asimismo, las personas de 30 a 39 años está conformado por 5.82 millones de votantes, mientras que los que están entre los 40 y 49 años son 5.07 millones. Por último, los adultos mayores de 60 años incluyen 5.47 millones en el padrón. De esta manera, la ONPE estableció el cronograma electoral para estas Elecciones Generales 2026:
- 26 de febrero de 2026: Fecha límite para resolver exclusiones y tachas en primera instancia.
- 13 de marzo de 2026: Cierre del plazo para resolver tachas y apelaciones de candidaturas.
- 14 de marzo de 2026: Fecha límite para que las candidaturas queden inscritas.
- 12 de abril de 2026: Elecciones generales.
- 7 de junio de 2026: Segunda vuelta presidencial (de ser necesaria).
Luego de desarrollarse el sorteo para los miembros de mesa, en la que se eligieron a 834 660 ciudadanos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó que existe una serie de sanciones para los que incumplan con esta importante labor. No obstante, hay casos en los que se puede presentar una serie de excusas formales para quedar exento de esta labor, como un impedimento físico o mental notorio o grave; la necesidad de ausentarse del territorio nacional; estar en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los 2 años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
Eso no es todo, también otro de las causales están tener más de 65 años; o encontrarse comprendido en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 57 de la Ley n.° 26859, referidas a los impedimentos para ser miembro de mesa. En caso de cumplir con estos factores, se tendrá que presentar una excusa ante la ONPE dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación definitiva del listado. Por su parte, para los ciudadanos que residan en otros países y que, por algún motivo no puedan ejercer esta labor cívica y no puedan votar, se puede gestionar una dispensa de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones por medio de la Oficina Consular.