Depósitos de CTS en banca aumentaron 4% en noviembre pasado
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Las reducciones de que quiera realizar una empresa a sus trabajadores solo es posible previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, sostuvo el juez supremo Javier Arévalo, presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú.

"La rebaja de sueldos solo es posible previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, no hay otra posibilidad", afirmó el juez supremo. Sus declaraciones no se condicen con lo decidido por el Tribunal Constitucional y por la propia Corte Suprema, que dejaron abierta la posibilidad de que la empresa decida de forma unilateral una rebaja de sueldos.

El juez Arévalo, señaló que la sentencia en cuestión está referida a un caso particular y que el fallo dado solo es vinculante para las partes implicadas, no para el resto de empresas y trabajadores.

"En el caso de problemas mayores o de crisis de la empresa, la reduccion que se haga tiene que ser pactada con el sindicato o los trabajadores, y siempre y cuando se mantenga el vínculo laboral", sostuvo Arévalo.

El juez dijo que el objetivo es proteger el puesto de trabajo. "La empresa tendría que justificar crisis financiera y los representantes de los trabajadores aceptarlo", insistió.

Sobre estas declaraciones, el presidente de la Comisión de Trabajo, Hernando Ceballos, del Frente Amplio, dijo que las declaraciones dadas por el representante del Poder Judicial necesitan quedar establecidas en papel.

"El Frente Amplio va a solicitar una revisión del fallo tanto al Tribunal Constitucional como a la Corte Suprema", sostuvo. Ceballos consideró que no debería haber la posibilidad de una reduccion unilateral de los sueldos.

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