Resumen

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El incumplimiento de las obligaciones laborales relacionadas con feriados nacionales constituye multas desde S/1,058 hasta más de S/24.000. (Foto: TreXperiencie - Difusión)
El incumplimiento de las obligaciones laborales relacionadas con feriados nacionales constituye multas desde S/1,058 hasta más de S/24.000. (Foto: TreXperiencie - Difusión)
Por Redacción EC

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores laborar durante los feriados de Semana Santa 2026 (2 y 3 de abril), correspondientes a Jueves y Viernes Santo, tienen derecho a recibir una triple remuneración si no se les otorga un descanso sustitutorio posterior.

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