Así precisa la Ordenanza Nº 465-2021-MDA, publicada este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. (Foto: Andina/referencial)
Así precisa la Ordenanza Nº 465-2021-MDA, publicada este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. (Foto: Andina/referencial)
Redacción EC

La Municipalidad de Ancón informó que las personas que deseen ingresar a sus playas deberán presentar su que acredite ambas dosis contra el coronavirus (). Recordemos que el Gobierno dispuso que desde el 10 de diciembre se exija este documento a los mayores de 18 años para entrar a espacios cerrados.

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“Exigir a partir del 15 de diciembre del 2021, la presentación del carnet físico o virtual que acredite haber completado su vacunación (dos dosis) contra la COVID-19, a las personas que quieran ingresar a locales comerciales, centros educativos, entidades públicas, mercados, iglesias, farmacias, restaurantes, piscinas y playas del distrito de Ancón”, precisa la , publicada este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El carné virtual y físico son válidos para ingresar a espacios cerrados. Foto: Minsa
El carné virtual y físico son válidos para ingresar a espacios cerrados. Foto: Minsa

Asimismo, se le encarga a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control del distrito de Ancón, el cumplimiento de la presente ordenanza refrendada por el alcalde de Ancón, Pedro John Barrera.

NUEVAS MEDIDAS

Desde el para ingresar a espacios cerrados como centros comerciales, galerías, entre otros. Según el Ministerio de Salud (Minsa), esta medida no aplica para bodegas, hospitales ni farmacias.

 Recuerda que para ingresar a las farmacias, hospitales y bodegas no es necesario presentarlo. Foto: Minsa
Recuerda que para ingresar a las farmacias, hospitales y bodegas no es necesario presentarlo. Foto: Minsa

Asimismo, las empresas solo pueden operar de manera presencial, solo si todos sus trabajadores acreditan su vacunación completa contra el coronavirus.

De igual forma, los conductores y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de delivery, pueden laborar solo si acreditan su dosis completa de vacunación.

¿DÓNSE SE EXIGE EL CARNÉ DE VACUNACIÓN?

  • Espacios cerrados (centros comerciales, restaurantes, teatros, cines, conciertos, mercados, conglomerados comerciales como Mesa Redonda, Gamarra y otros).
  • Terminales terrestres para viajes interprovinciales y aeropuertos para viajes nacionales e internacionales. De no tener las dosis completas, la otra opción es presentar una prueba molecular negativa tomada con 48 horas de anticipación.
  • Trabajar de forma presencial (solo para centros laborales con más de 10 trabajadores)
  • Trabajar en servicio de delivery
  • Trabajar en transporte público (conductores y cobradores)

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