"Se trata de un tema que merecía un tratamiento técnico y hasta científico para identificar los tipos de accidentes, los niveles de riesgo, los giros y actividades más peligrosos". (Ilustración: Víctor Aguilar)
"Se trata de un tema que merecía un tratamiento técnico y hasta científico para identificar los tipos de accidentes, los niveles de riesgo, los giros y actividades más peligrosos". (Ilustración: Víctor Aguilar)
Franco Giuffra

Volvimos a lo mismo. Casi tres años después de que el gobierno de Humala estableciera que las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones tendrían vigencia indefinida, el Congreso nos regresó al mundo de los “certificados de ” renovables cada dos años.

Entre una cosa y otra ocurrieron el incendio de Larcomar, las opiniones de la Municipalidad de Lima y la iniciativa legislativa de .

Respecto de lo primero, proferidos los insultos de rigor contra el capitalismo salvaje, se supo luego que el centro comercial no tenía un certificado del tipo indefinido. Es decir, la causa del incendio no había sido la desregulación.

En el caso de la Subgerencia de Defensa Civil de la municipalidad provincial, las declaraciones fueron concluyentes: los municipios no tienen plata para hacer las inspecciones periódicas e inopinadas sobre las cuales se sustentaba el esquema de certificados indefinidos. Se necesita un trámite pagado cada dos años para solventar esas fiscalizaciones.

De la iniciativa de la señora Alcorta puede dar cuenta el levísimo texto del proyecto de ley 791/2016-CR del 15 de diciembre pasado, al que le basta invocar el valor de la vida humana para imponer una exigencia desproporcionada, incluyendo un análisis costo-beneficio de nivel kindergarten, que concluye que la inspección cada dos años de todos los locales públicos y comerciales del territorio nacional no le costará un sol al Estado.

¿Será que los ultraliberales quieren que la gente muera atrapada en los cines y galerías? ¿Tan insensibles son para no valorar a los seres humanos?

En realidad, quien primero alertó sobre las inconveniencias de una certificación obligatoria cada dos años fue el Indecopi. Hace años que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas viene diciendo que ese trámite no tiene sentido.

La idea es que si un pequeño negocio –una farmacia, una peluquería– no ha alterado nada en sus instalaciones, no debería someterse a la tortura de una renovación del bendito certificado. Claro, siempre que las municipalidades realicen inspecciones regulares.

Lamentablemente, la novísima Ley 30619 de hace tres semanas no reconoce eso y tampoco el hecho de que bodegas y centros comerciales son especímenes muy distintos en cuanto a riesgos y accidentes.

En definitiva, se trata de un tema que merecía un tratamiento técnico y hasta científico para identificar los tipos de accidentes, los niveles de riesgo, los giros y actividades más peligrosos. Y luego, la mejor manera de mitigar y controlar esos infortunios. Orden, fiscalización y sanción, pero con inteligencia.

Con información clara, además, porque la legislación de detalle que aplica para el tema de las inspecciones de seguridad es un arroz con mango. Uno revisa la página web del Cenepred y descubre que hay 10 piezas normativas aplicables, leyes que nunca se reglamentaron y resoluciones jefaturales que le ganan a decretos supremos. Toda la información desactualizada, por si fuera poco.

Es imposible que el director de un colegio, el administrador de una cafetería o el dueño de una verdulería puedan determinar hoy cuáles son sus obligaciones en esta materia y los requisitos del trámite para cumplir con las inspecciones.

La técnica normativa es tan chacra que las últimas disposiciones del Cenepred ya no son resoluciones ni directivas, sino comunicados. Un banner que le salta a uno cuando navega su página web. En este caso, es un aviso de que las inspecciones tienen ahora vigencia de dos años. Una ilegalidad, seguramente, porque la Ley 30619 dice (o trata de decir, porque no es clara) que eso se deberá implementar cuando exista un reglamento.