Duberlí Rodríguez lidera el partido Unidad Popular, el cual logró su inscripción pero fuera del plazo. (Foto: Andina)
Duberlí Rodríguez lidera el partido Unidad Popular, el cual logró su inscripción pero fuera del plazo. (Foto: Andina)

El Jurado Nacional de Elecciones () declaró como inejecutable el fallo del Poder Judicial que le ordenó convalidar la inscripción del partido , liderado por Duberlí Rodríguez, para que pueda participar en las elecciones generales del 2026.

La resolución emitida por el pleno del JNE declara inejecutable el mandato de actuación inmediata dispuesto por la sentencia del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima del 31 de julio.

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Héctor Villalobos
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Dicho fallo ordenaba al JNE que reconozca la inscripción de Unidad Popular en una fecha que le permita participar en las elecciones generales del 2026.

Según el juez John Paredes Salas, se debía reconocer como fecha de inscripción el 7 de abril del 2025. Actualmente, se reconoce la inscripción del partido de Rodríguez para junio del 2025, fuera del plazo para participar en las elecciones del próximo año.

Ante esto, el JNE advirtió que se encuentra imposibilitado de ejecutar la resolución judicial porque implicaría ordenar al Registro de Organizaciones Políticas (ROP) que extienda la inscripción de Unidad Popular con una fecha anterior.

Esto “pone en riesgo el desarrollo del proceso electoral en igualdad de condiciones”, según el jurado, entre otras consideraciones.

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