Con el objetivo de que puedas obtener una pensión desde el momento de tu jubilación, el Sistema Peruano de Pensiones (SPP) te brinda la posibilidad de hacer aportes a un fondo de pensiones, ya seas trabajador dependiente o independiente. A continuación, te contamos más sobre este importante tema.
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Este servicio te da opción a elegir entre dos sistemas de protección social principales: uno público o Sistema Nacional de Pensiones (SNP); y otro privado o Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Ahorrar en una AFP significa pertenecer al Sistema Privado de Pensiones y aportar a través de una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP); en tanto que ahorrar en el Sistema Nacional de Pensiones, es hacerlo mediante la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Si bien las dos te asegurarán un fondo para tu vejez, existen trascendentales diferencias que son necesarias que conozcas.
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ONP
El Sistema Nacional de Pensiones – SNP (DL N° 19990), lo administra la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y te otorga una pensión desde los 65 años, al culminar tu vida laboral. Para disfrutar de este beneficio monetario, debes hacer un aporte mensual equivalente al 13% de tu sueldo o ingresos por no menos de 20 años. En el SNP:
- Tus aportes como trabajadora/trabajador son de carácter solidario e intangible.
- Los requisitos mínimos para que obtengas una pensión de jubilación son contar con 20 años de aportes acreditados y tener 65 años de edad.
- El monto de pensión depende de los años de aportaciones y del promedio de tus últimas remuneraciones efectivas de tu vida laboral, según la ley vigente.
- El monto máximo de pensión de jubilación es de S/ 893.00.
- La pensión mínima es de S/ 500.00 para los pensionistas con 20 o más años de aportes.
Este sistema ofrece los siguientes beneficios:
- Puedes acceder a una pensión de jubilación adelantada:
- - Si eres mujer: tener 50 años o más y 25 años de aportaciones.
- - Si eres hombre: tener 55 años y 30 años de aportaciones.
- Si tienes cónyuge o conviviente, puedes acceder a la pensión conyugal siempre que ambos sumen un mínimo de veinte (20) años de aportes, los mismos que pueden haber sido efectuados simultáneamente.
- Otorga pensiones por invalidez, viudez, orfandad y ascendencia, y capital de defunción.
AFP
Sistema Privado de Pensiones – SPP: está a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y te permite acceder a una pensión de jubilación desde los 65 años, sin exigirte un periodo mínimo de aporte. Las AFP calculan el monto de dicho beneficio en base a tus aportes realizados y la rentabilidad generada en tu cuenta individual de capitalización (CIC). Además, puedes recibir tu pensión de manera adelantada bajo la modalidad de “Jubilación Anticipada Ordinaria”. El SPP te ofrece estos beneficios:
- Brinda una cuenta personal llamada Cuenta Individual de Capitalización (CIC) a donde ingresan tus aportes, se acumulan mensualmente y se incrementan con la rentabilidad que producen.
- Puedes realizar contribuciones voluntarias a tu cuenta, sin límite.
- Tienes seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.
- Continúas recibiendo la atención de Essalud aportando el 4% de tu pensión.
- Tu pensión será calculada en base a tu fondo.
- Puedes elegir distintas modalidades de pensión.
- Te permite recibir tu pensión en soles o en dólares.
- Puedes jubilarte antes de los 65 años si cumples con los requisitos de la Ley N° 29426.
- Tienes la oportunidad, bajo ciertas condiciones, de que la ONP te otorgue un Bono de Reconocimiento si aportaste al SNP antes de incorporarte a una AFP.
- Recibes un estado de cuenta cada cuatro meses.
Asimismo, existe una institución que administra los fondos destinados a ofrecer una pensión a militares y policías:
Caja de Pensiones Militar-Policial: si perteneces a las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú, te ofrece una pensión renovable o no renovable cuando has cumplido con el tiempo de servicios mínimo que exige la ley.