Foto referencial. La Sutran recuerda que prestar el servicio de transporte de personas o mercancías sin contar con CITV se sanciona con la suspensión de la autorización para prestar el servicio de transporte terrestre por 90 días. (Difusión)
Foto referencial. La Sutran recuerda que prestar el servicio de transporte de personas o mercancías sin contar con CITV se sanciona con la suspensión de la autorización para prestar el servicio de transporte terrestre por 90 días. (Difusión)
Por Redacción EC

La Superintendencia de Transportes Terrestre, Carga y Mercancías (Sutran) recordó que los Certificados de Inspección Técnica Vehicular, cuyos vencimientos se hayan producido entre el 15 de marzo del 2020 y el 31 de marzo de 2021, se mantendrán vigentes hasta el próximo 30 de abril del 2021.

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