Editorial El Comercio

El viernes pasado, el Congreso aprobó por insistencia el proyecto de ley que autoriza el transporte interprovincial de taxis colectivos en todo el país, exceptuando Lima y el Callao. La iniciativa, recordemos, había recibido luz verde del Parlamento en mayo, pero fue observada por el gobierno de Martín Vizcarra pocas semanas después. Ahora, y como han procedido ante otras objeciones del Ejecutivo (acaba de ocurrir, por ejemplo, con la ley de la ONP), los legisladores han vuelto a desoír criterios técnicos y recomendaciones de otras instituciones para seguir adelante en sus obcecaciones.

En esta oportunidad, además, con el añadido de que los perjuicios que podría terminar generando esta ley son particularmente dramáticos.

En su punto más preocupante, la norma autoriza a los vehículos de clasificación M1 (modelos sedán o station wagon) y M2 (como las minivanes) a brindar el servicio de taxi colectivo en las vías nacionales, exceptuando Lima y el Callao. Como ha señalado el Ejecutivo, sin embargo, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte estipula que el servicio regular de transporte de pasajeros en los ámbitos regionales y nacionales debe prestarse en vehículos de categoría M3 y que, solo en los casos en que no exista oferta de este tipo (por las condiciones del terreno o por el tipo de vía), se permitirá de manera excepcional el uso de vehículos M2.

Esta regla no es casual, pues vehículos de categoría M3 (como los buses que cubren actualmente las rutas interprovinciales) están fabricados especialmente para el traslado de pasajeros y para soportar una gran cantidad de trabajo diario. Ello no ocurre, por el contrario, con los vehículos M1. Esto ha llevado al ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo González, a recordar hace unos días que, en caso de un accidente en este tipo de vehículos, “lo más probable es que los heridos sean de gravedad o fallecidos. Eso está probado estadísticamente. Es por esa razón que no es recomendable no solo aquí, sino en todo el mundo”. Según la observación de la norma, por ejemplo, desde el 2015 hasta el 2019 “el número de vehículos [de categoría] M1 que participaron [en accidentes de tránsito] se ha incrementado en 2,35 veces”.

Además, la norma va en contra de los esfuerzos del Gobierno por reducir el número de vehículos en las vías apostando por buses grandes para prestar el servicio. Estos últimos, asimismo, están monitoreados vía GPS para que mantengan una velocidad máxima de 90 km/h y tienen paraderos definidos.

En relación con lo anterior, la ley va en desmedro de las empresas formales que están facultadas para prestar el servicio y que, de por sí, ya se habían visto afectadas por la presencia de los taxis colectivos. Según Martín Ojeda, de la Asociación de Transporte Interprovincial de Pasajeros, el gremio formal pierde unos S/450 millones anuales por esta competencia desleal y “más de 30 empresas de transporte formal han dejado de funcionar porque sus rutas han sido invadidas por combis y autos colectivos”. Formalizar a los colectiveros sin que haya un padrón de choferes es, además, una forma de disfrazar la informalidad.

Finalmente, los taxis colectivos son una alternativa inviable en esta coyuntura de pandemia. Y si bien la ley dispone que la actividad “debe realizarse cumpliendo los lineamientos de bioseguridad ante el COVID-19”, como ha recordado nuestro colega Juan Pablo León en la práctica esto es inaplicable, pues la naturaleza del negocio del taxi colectivo demanda llevar la mayor cantidad de pasajeros posible, a la mayor velocidad posible, para que la actividad resulte rentable. Además, estos vehículos suelen dejar y recoger pasajeros en cualquier parte, por lo que los protocolos sanitarios son sencillamente inviables.

Es cierto que existe un déficit de oferta de transporte en algunas zonas específicas del país. Pero esta ley no hace el menor esfuerzo por detectarlo y, en cambio, habilita a los vehículos M1 a circular por prácticamente todo el territorio nacional.

Los congresistas, en pocas palabras, han decidido formalizar el siniestro; los accidentes en las vías y el transporte riesgoso de pasajeros.