Karem Barboza Quiroz

El Pleno del () rechazó la demanda competencial que interpuso el contra el (PJ) por haber emitido fallos a favor de la (JNJ).

Fuentes de dicho órgano constitucional señalaron a El Comercio que la demanda no alcanzó los cinco votos necesarios que aún establece el Nuevo Código de Procesos Constitucionales.

El último jueves, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación la modificación al NCPC que reducía de cinco a cuatro los votos para declarar fundada una demanda competencial.

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Sin embargo, la norma aún no entra en vigencia pues para ello debe ser remitida al Ejecutivo; y posteriormente promulgada, en caso de que no sea observada.

El revés para el Legislativo llegó debido a que los magistrados Luz Pacheco (presidenta), Helder Domínguez (vicepresidente), Manuel Monteagudo y César Ochoa votaron en contra de la demanda competencial.

En la sesión también participaron los magistrado Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández. Este último fue el ponente del caso y quien había presentado una ponencia proponiendo que se declare fundada la demanda.

Sin embargo, las fuentes señalaron que los magistrados Morales Saravia y Gutiérrez Ticse se retiraron de la sesión que se desarrolló desde horas de la mañana, sin que la presidenta Luz Pacheco hubiese dado término a la misma.


A través de un comunicado, el TC informó que habiéndose iniciado la deliberación con la asistencia de siete magistrados, se realizó un extenso debate de más de dos horas, donde cada uno manifestó su postura, siendo la posición mayoritaria contraria a la ponencia, que proponía declarar fundada en parte la demanda.

“Acto seguido la presidenta dio inicio a la votación, y en esas circunstancias el magistrado ponente Hernández Chávez y los magistrados Morales Saravia y Gutiérrez Ticse se retiraron sin que la presidencia hubiese levantado la sesión”, explica el comunicado.

Luego, agrega el comunicado, se recogieron el sentido de los votos de los cuatro magistrados presentes Pacheco Zerga, Domínguez Haro, Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich, que votaron en contra de la ponencia.

El pasado mes de abril el Congreso interpuso la demanda competencial contra el PJ, por presunta vulneración de sus prerrogativas exclusivas y excluyentes.

Esto, luego que se emitiera un fallo judicial mediante el que se declaró fundada una medida cautelar a favor de los abogados e integrantes de la Junta Nacional de Justicia, Inés Tello y Aldo Vásquez, quienes habían sido inhabilitados por diez años por el Parlamento en marzo pasado.

El Legislativo alegó en su demanda un presunto menoscabo de competencias, puesto que “el Poder Judicial habría ejercido su potestad de administrar justicia de manera indebida” al restituir a Tello y Vásquez, en sus cargo de miembros de la JNJ.

Con ello, aseguraron, el PJ impidió que el Congreso de la República ejerza las competencias que le asignan de forma exclusiva los artículos 99 y 100 de la Constitución Política, para aplicar un “juicio político” a altos funcionarios.


Pleno del Congreso sesionó ayer hasta la noche.
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