

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, a cargo del magistrado Richard Concepción Carhuancho, resolvió declarar inaplicable la Ley N.° 32107 en el proceso seguido contra el ciudadano Arturo Luis Castro Arias, investigado por el delito de homicidio calificado.
El juez aplicó el mecanismo del control difuso, figura jurídica que faculta a los magistrados a dejar de aplicar una norma cuando consideran que esta es contraria a la Constitución o a los compromisos internacionales asumidos por el Estado. En este caso, la Ley 32107 fue considerada incompatible con el derecho convencional.
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El proceso que motivó esta decisión corresponde a la investigación contra Castro Arias por homicidio calificado. La defensa había solicitado que se declare la prescripción del caso en aplicación de la mencionada norma, sin embargo, el juzgado determinó que esta disposición legal no puede regir en el proceso debido a su incompatibilidad con el marco jurídico internacional.
Con esta resolución, se deja sin efecto la aplicación de la ley aprobada por el actual Congreso en este caso específico, lo que permitirá que el proceso continúe su curso.
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Ley 32107
La norma, aprobada por el Congreso el 9 de agosto de 2024, dispone que no se podrá procesar, condenar ni sancionar a una persona por delitos de lesa humanidad cometidos antes del 1 de julio de 2002, fecha en la que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional empezó a regir en el país.
Asimismo, señala que los crímenes perpetrados antes de la entrada en vigencia del Estatuto de Roma y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, estarán sujetos a los plazos de prescripción previstos en la legislación nacional.
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