(Ilustración: Rolando Pinillos/El Comercio)
(Ilustración: Rolando Pinillos/El Comercio)
Por Ana Bazo Reisman

En el Perú, los resultados de las encuestas electorales no se pueden publicar dentro de la semana previa a los comicios. Dicha “veda” está regulada por el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones, que sanciona la difusión de cualquier sondeo o proyección con diez a cien unidades impositivas tributarias (44 mil a 440 mil soles en el año en curso).

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