Siendo abogado de Familia, hay una pregunta que escucho con mucha frecuencia: ¿hasta cuándo tengo que pagar la pensión de alimentos? A partir de ella aparecen otras: ¿puede aumentarse?, ¿puede reducirse?, ¿qué pasa si pierdo mi trabajo? y, finalmente, ¿cuándo termina esta obligación?
Son preguntas muy comunes y, sin embargo, todavía existen muchas ideas equivocadas sobre el tema.
Comencemos por una de las más conocidas: “Cuando mi hijo cumple 18 años, dejo de pagar”. No siempre es así.
Como regla general, la obligación de pagar alimentos a los hijos menores termina cuando cumplen la mayoría de edad. Pero la ley establece excepciones. Si el hijo es soltero y continúa con éxito estudios de una profesión u oficio, la obligación puede mantenerse hasta los 28 años. También puede continuar cuando existe una incapacidad física o mental que le impide atender por sí mismo sus necesidades.
Por eso, cumplir 18 años no significa que la pensión desaparezca automáticamente. Cada caso debe analizarse de acuerdo con las circunstancias del hijo.
Otra duda frecuente es si una pensión puede aumentar o disminuir. La respuesta es sí. La pensión no tiene por qué mantenerse siempre en el mismo monto porque las necesidades de los hijos y la situación económica de los padres pueden cambiar.
Un niño puede empezar a tener mayores gastos por sus estudios, necesitar tratamientos médicos o simplemente tener nuevas necesidades propias de su crecimiento. De la misma manera, quien paga puede mejorar sus ingresos o, por el contrario, sufrir una reducción importante de ellos.
En esas circunstancias, puede solicitarse judicialmente un aumento o una reducción de la pensión. Lo importante es demostrar que realmente han cambiado las condiciones que existían cuando se fijó.
Aquí aparece otro error muy común: “Si pierdo mi trabajo, dejo de pagar”.
No es correcto. Perder el empleo puede ser una razón para pedir una reducción de la pensión, pero no significa que la obligación desaparezca automáticamente. Mientras no exista una decisión que modifique el monto, la pensión establecida continúa siendo exigible.
Además, el hecho de no tener un empleo formal no significa necesariamente que una persona no tenga posibilidades de generar ingresos. El juez debe analizar cada situación concreta y considerar tanto las necesidades del hijo como las posibilidades reales de quien debe pagar.
También es importante aclarar cuándo termina definitivamente la obligación. No existe una respuesta que sirva para todos los casos. Puede terminar al llegar el hijo a la mayoría de edad, salvo las excepciones que establece la ley, o cuando desaparece la situación que justificaba los alimentos. Por eso, antes de dejar de pagar, es recomendable determinar si legalmente corresponde solicitar el cese o extinción de la obligación.
Hay finalmente una frase que escucho con demasiada frecuencia: “Si no paga los alimentos, no tiene derecho a ver a sus hijos”.
Alimentos y visitas son asuntos diferentes. Si un padre no cumple con la pensión, existen mecanismos legales para exigir el pago. Pero ese incumplimiento no significa, por sí solo, que pierda el derecho a relacionarse con sus hijos. De la misma manera, impedir las visitas no es una forma legal de cobrar una deuda de alimentos.
Detrás de cada expediente de alimentos hay un niño, un adolescente o un joven que necesita estudiar, alimentarse, recibir atención médica y tener oportunidades para desarrollarse.
Los padres pueden separarse, rehacer sus vidas y tener diferencias. Lo que no pueden dejar de hacer es cumplir con sus responsabilidades frente a sus hijos.
La pensión de alimentos no debería ser un arma en la pelea entre los padres. Debería ser, simplemente, una expresión de responsabilidad. Porque cuando se trata de nuestros hijos, cumplir con la ley no debería ser el límite de nuestro compromiso, sino el punto de partida.
Por lo tanto, en mi opinión, muchos de estos problemas se evitarían si los padres entendieran que la pensión no es un dinero que pertenece a quien tiene la tenencia. Tampoco es un castigo para quien debe pagar. Es un derecho de los hijos.