Por Redacción EC

En el marco de las , uno de los temas que genera mayor atención es el plazo permitido para la difusión de encuestas electorales, un elemento que puede influir en la percepción ciudadana sobre los candidatos en los días decisivos de la campaña. Como ocurre en cada proceso electoral, el cumplimiento de esta normativa es supervisado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que establece reglas claras, límites estrictos y sanciones para quienes no las respeten. Con el avance de la campaña y el crecimiento del debate público, conocer este límite resulta fundamental tanto para medios como para electores. Descubre cuál es la fecha tope para difundir encuestas y qué implica esta restricción en el contexto actual.

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE PARA PUBLICAR ENCUESTAS ELECTORALES?

El plazo final para difundir encuestas de intención de voto o simulacros es este domingo 5 de abril. A partir del primer minuto del lunes 6, queda prohibida su publicación en cualquier medio de comunicación. Esta disposición aplica únicamente a encuestadoras registradas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deben acatar el límite legal para evitar sanciones.

Foto: Freepik
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¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE ESTA PROHIBICIÓN?

La restricción está contemplada en el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones. Según esta norma, la difusión de encuestas solo está permitida hasta el domingo previo a los comicios. Luego de esa fecha, se prohíbe su publicación con el fin de preservar la neutralidad del proceso electoral y evitar que los resultados influyan en la decisión del electorado.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES POR INCUMPLIR LA NORMA?

Cualquier entidad que ignore esta restricción se expone a que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inicie procesos de castigo, los cuales pueden derivar en penalidades económicas severas que oscilan entre las 10 y las 100 UIT, traduciéndose en montos que van desde los 55,000 hasta los 550,000 soles, según el impacto de la infracción.

¿POR QUÉ SE CUESTIONA ACTUALMENTE ESTA PROHIBICIÓN?

Diversos especialistas coinciden en que la regla de los siete días de silencio ha perdido efectividad debido a la explosión de las plataformas digitales. Mientras los canales de comunicación formales y las encuestadoras acreditadas están obligados a callar, el flujo de datos no se detiene en aplicaciones como WhatsApp, TikTok o X.

Esto genera un fenómeno de desinformación donde circulan reportes de origen incierto o directamente manipulados, creando una brecha peligrosa: quienes tienen acceso a redes pueden consumir datos (muchas veces falsos), mientras que el resto de la población se queda únicamente con la fotografía estática de la última encuesta permitida.

(Fuente: iStock)
(Fuente: iStock)

¿QUÉ PROPUESTA BUSCA CAMBIAR ESTA NORMA?

En octubre de 2025, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen que plantea reducir el periodo de restricción a solo tres días antes de las elecciones. La iniciativa busca equilibrar la necesidad de evitar influencias indebidas con el acceso a información confiable.

No obstante, la propuesta nunca llegó a ser ratificada por el Pleno del Congreso, dejando vigente la restricción de una semana completa para este proceso electoral de 2026, según informa Infobae.

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