A pocos días de las Elecciones Generales 2026, surge una de las principales preocupaciones entre los ciudadanos: qué hacer en caso de pérdida o robo del Documento Nacional de Identidad (DNI). Este escenario puede generar dudas, especialmente considerando la cercanía de la jornada electoral programada para el domingo 12 de abril. En esa fecha, millones de peruanos acudirán a las urnas para elegir al próximo presidente de la República, así como a los integrantes del Congreso y del Parlamento Andino. Por ello, contar con un documento de identificación válido suele ser un requisito fundamental para participar en el proceso. Sin embargo, las autoridades han precisado que, de manera excepcional, se permitirá votar incluso con el DNI vencido, con el objetivo de garantizar que los ciudadanos puedan cumplir con su obligación cívica. Aun así, se recomienda realizar la renovación o duplicado del documento lo antes posible para evitar inconvenientes posteriores.
Si pierdes tu DNI, es importante gestionar un duplicado a la brevedad posible para evitar inconvenientes en distintos trámites. Ante esta situación, el Reniec ha decidido ampliar sus horarios de atención con el fin de facilitar el proceso a los ciudadanos.
De esta manera, sus oficinas están operando todos los días, incluyendo fines de semana y feriados, con jornadas extendidas que pueden alcanzar hasta las 12 horas de atención continua. Esto permite que más personas puedan realizar el trámite de forma oportuna y sin mayores complicaciones.
Si realizas el trámite en horas tempranas, es posible que puedas recibir el duplicado el mismo día, dependiendo de la disponibilidad y la carga de solicitudes en la oficina correspondiente.
No. La denuncia policial por pérdida o robo no sustituye al DNI. Es necesario mostrar el documento de identidad para realizar la votación.
Luego de desarrollarse el sorteo para los miembros de mesa, en la que se eligieron a 834 660 ciudadanos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó que existe una serie de sanciones para los que incumplan con esta importante labor. No obstante, hay casos en los que se puede presentar una serie de excusas formales para quedar exento de esta labor, como un impedimento físico o mental notorio o grave; la necesidad de ausentarse del territorio nacional; estar en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los 2 años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
Eso no es todo, también otro de las causales están tener más de 65 años; o encontrarse comprendido en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 57 de la Ley n.° 26859, referidas a los impedimentos para ser miembro de mesa. En caso de cumplir con estos factores, se tendrá que presentar una excusa ante la ONPE dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación definitiva del listado. Por su parte, para los ciudadanos que residan en otros países y que, por algún motivo no puedan ejercer esta labor cívica y no puedan votar, se puede gestionar una dispensa de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones por medio de la Oficina Consular.
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