Inició el 2025 y, con ello, muchos trabajadores tanto del sector público como privado salen de vacaciones para disfrutar de una de las estaciones más calurosas del año: el verano. De esta manera, con el objetivo de informar sobre los derechos laborales de los ciudadanos, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó sobre los días de descanso que le corresponden al año a cada trabajador formal del país, según lo regulado por la ley de vacaciones en Perú, lo cual les permite pasar más tiempo con sus seres queridos y salir de la trajinada rutina. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿CUÁNTOS DÍAS DE VACACIONES DEBE TENER UN TRABAJADOR FORMAL EN EL PERÚ?
De acuerdo con la ley de vacaciones en nuestro país, los trabajadores del sector público y privado tienen derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones, siempre y cuando hayan laborado un año completo. Para acceder a este beneficio, lo primero que debes hacer es solicitarlo y coordinarlo con tu empleador, quien no debe negártelo, sino todo lo contrario, acomodar las posibles fechas en las que deseas salir de descanso. Por otro lado, los empleados que trabajen menos de cuatro horas diarias, es decir, a tiempo parcial, también tendrán derecho a vacaciones. Sin embargo, este beneficio estará limitado a solo seis días de descanso, conforme al Convenio N.º 52 de la OIT.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL DESCANSO VACACIONAL?
Aquellos trabajadores formales del país que quieran acceder al descanso vacacional, deben cumplir con una serie de requerimientos que te lo presentamos a continuación:
- Haber laborado un año completo desde el inicio del vínculo laboral.
- Cumplir con un récord vacacional mínimo:
- 260 días para jornadas de seis días por semana.
- 210 días para jornadas de cinco días por semana.
- Para jornadas reducidas (tres o cuatro días a la semana), no se debe superar el límite de diez días de inasistencias injustificadas durante el año laboral.

¿CUÁLES SON LOS DÍAS COMPUTABLES EN EL PERÚ?
Los días computables son aquellos que la ley toma en cuenta para calcular el historial de vacaciones. Además de los días efectivamente trabajados, también se incluyen períodos especiales, como:
- Descansos pre y postnatales.
- Permisos sindicales.
- Horas extras acumuladas (mínimo cuatro por día).
- Inasistencias justificadas por enfermedad o accidentes laborales (máximo 60 días).Además, los días autorizados por el empleador o previstos en convenios colectivos también califican como computables.
¿CÓMO SABER SI ESTOY EN PLANILLA CON MI DNI?
A través del aplicativo “Sunafil en tus Manos”, disponible para Android y en la página web de Sunafil, los trabajadores formales podrán verificar si están en planilla con solo ingresar su DNI y seguir unos sencillos pasos.
Por aplicativo:
- Descarga el aplicativo “Sunafil en tus Manos” desde tu dispositivo móvil.
- Escoge la opción “Soy trabajador” y dirígete al apartado “Verifica tu Chamba”.
- Digita los campos solicitados, como tu DNI, datos del empleador y fecha de ingreso.
- Envía la información y revisa tu situación laboral.
Por web:
- Entra a la plataforma web de Sunafil a través de este LINK.
- Escribe tu número de DNI, correo electrónico y número de celular.
- Registra los datos del empleador, como el RUC, la razón social y tu fecha de ingreso laboral.
- Digita el código captcha, haz clic en “Verificar” y ¡Listo!
