En el Perú, los retiros de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) han sido autorizados en distintos momentos a través de leyes aprobadas por el Congreso de la República, principalmente en contextos de crisis económica como, por ejemplo, durante la pandemia. Y es que, el objetivo fue brindar liquidez inmediata a los ciudadanos nacionales. Si bien este mecanismo permite acceder a dinero en el corto plazo, también genera debate, ya que puede afectar el monto de la pensión futura del afiliado al reducir sus ahorros previsionales. En ese contexto, en los últimos días se ha venido especulando sobre una nueva medida que hace referencia a un retiro del fondo privado de pensiones. Sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó la adecuación del marco normativo del sistema previsional peruano a través de un decreto supremo para cambiar ciertas disposiciones. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
El pasado 16 de abril se admitió a través de un Decreto Supremo n.° 061-2026-EF, publicado en el diario El Peruano, el reglamento que modifica “la Ley n° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, aprobado por Decreto Supremo n° 189-2025-EF, a fin de adecuar su contenido a las disposiciones establecidas en la Ley n° 32445, Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT) y establece otras disposiciones". Es decir, si bien se hace referencia a la Ley de retiro de AFP, esta se menciona solo con el fin de modificar las disposiciones que dicha norma establecía en su momento, quedando descartada un nuevo desembolso, conforme comparte Infobae.
@mefperu #NotaDePrensa | 📌 Aporte voluntario para trabajadores independientes. El Gobierno adecuó la normativa para que el aporte en el sistema previsional (privado o nacional) de los trabajadores independientes continúe siendo facultativo. 📰 Conoce más en: https://www.gob.pe/es/n/1379770 #MEF #economia #peru
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De esta manera, según la norma, se establece la actualización de las disposiciones contenidas en el reglamento de la Ley del Sistema Previsional Peruano (Ley n.° 32123), con el fin de que los aportes al sistema previsional, tanto público como privado, de los trabajadores independientes que perciben rentas de cuarta categoría continúen siendo de carácter voluntario. “El Ministerio de Economía y Finanzas dispuso (...) la adecuación del marco normativo del Sistema Previsional Peruano, para que el aporte de los trabajadores independientes en el sistema previsional se mantenga como voluntario”, indica el texto, compartido por Infobae.
En el marco de la nueva Estrategia Nacional de Formalización Laboral al 2040, el Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, informó que se prepara un subsidio estatal para cubrir el 13 % de los aportes previsionales, ya sea a la ONP o a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Esta iniciativa está dirigida exclusivamente a los trabajadores de las micro y pequeñas empresas (mypes) de 16 regiones del país, y prioriza a aquellas empresas que registren a su personal en la Planilla Electrónica (PDT Plame), un requisito fundamental para otorgar beneficios y garantizar la trazabilidad de los aportes. Así, en una entrevista para RPP, Yolanda Erazo, viceministra de Trabajo, explicó que el Estado se hará cargo del pago de las pensiones, por lo que los empleados no verán reflejado este descuento de sus aportes en su remuneración.
Eso no es todo, Erazo indicó que también se asumirá el aporte del 9 % a EsSalud correspondiente al empleador, con el objetivo de reducir los costos laborales y la informalidad que, por ahora, está en un 70 % y se estima pasar a un 50 % para el 2040. Entre los principales beneficiarios se encuentran regiones como Piura, Tumbes, Áncash, Junín, Cusco, Ucayali, Pasco, Loreto, Huánuco, San Martín, Huancavelica, Ayacucho, Amazonas, Cajamarca, Apurímac y Puno. Por último, de acuerdo con la funcionaria pública, la subvención ya cuenta con respaldo normativo y financiamiento, por lo que se espera que esta medida entre en vigencia en los próximos meses, tras la creación de una unidad funcional en el MTPE que defina los criterios de selección, los requisitos para las mypes beneficiarias, el monto del beneficio y otros lineamientos.
“Está este marco normativo habilitante en la ley de presupuesto del presente año. Lo que estamos diseñando, porque el ministerio nunca ha tenido esa competencia, es que una unidad funcional del ministerio lo puede hacer. Entonces, estamos en ese proceso y yo creo que en un par de meses ya se va a ir aplicando. Es importante que las personas tengan un seguro y también que puedan garantizar una vejez con mayores derechos. Es importante la promoción de la cultura de la formalización laboral en nuestro país, saber los beneficios que tiene una empresa y el trabajador porque esto tiene impacto en sus vidas y dinamiza la economía”, sostuvo la viceministra para RPP.