Casi a fines de setiembre de 2024, el Poder Ejecutivo divulgaba la denominada Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, y hoy el gobierno mediante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), anuncia la publicación de su reglamento. En ese sentido, vienen resultando llamativas cada una de las principales medidas establecidas con respecto a reforma que contempla normativa, y plantea asimismo el otorgamiento de pensión mínima ascendente a los 600 soles solo si terminas cumpliendo con condiciones tan puntuales como fundamentales.
ESTA CONDICIÓN PUNTUAL DEBES CUMPLIR PARA ACCEDER A PENSIÓN MÍNIMA DE 600 SOLES, SEGÚN LA NUEVA LEY DEL SISTEMA PREVISIONAL PERUANO
Un nuevo periodo anual arrancó en 2025, y junto a ello la aplicación de normativas publicadas en el diario oficial El Peruano, siendo el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Nº 32123) aquel dirigido a adultos mayores que cumplan con ciertos requisitos como jubilados, y mediante la cual se establece que obligatoriamente deben concretar un número exacto de contribuciones durante tu tiempo adheridos al Sistema Privado de Pensiones (SPP), por ejemplo.
Así precisamente lo ha expresado el titular del MEF, Raúl Pérez Reyes, a inicios del mes de setiembre, y mientras realizaba presentación ante la Comisión de Economía del Congreso de la República, donde de manera puntual se ha referido a la prestación mínima otorgada a afiliados de la AFP, y esos S/600 que este grupo beneficiario solo podrá cobrar si llega a completar 240 unidades de aportes efectivas en fondos acumulados.
“Hoy en día, de los cerca de 8.6 millones de afiliados al sistema privado de pensiones, casi 6.3 millones tienen menos de 5,000 soles de saldo en sus cuentas”, expresaba dicho ministro entorno a la cantidad de contribuciones que debes haberle realizado a tu institución privada, no sin antes indicar que sumado a ello, igualmente el reglamento de la Ley Nº 32123, pide que tengas un saldo ascendente a los 5,000 o 20,000 soles.

Cabe resaltar con respecto a los 600 soles establecidos para el pago de pensiones mínimas en Perú, que de la misma forma figura regulado hacia los adultos mayores jubilados y pertenecientes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
En relación a esto último, el MEF mediante Raúl Pérez Reyes, insiste en que no resulta prudente ni conveniente acceder a un octavo retiro de fondos acumulados, y propuesto por parte de diversos parlamentarios, ya que definitivamente terminarías perdiendo la chance de cobrarlas al no verificarse sobrante dentro de la denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
OTROS DE LOS REQUISITOS QUE SEGÚN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 32123, DEBES TERMINAR CUMPLIENDO SI QUIERES ACCEDER A COBRO DE PENSIÓN MÍNIMA
- Tener como mínimo 65 años para acceder a una pensión de jubilación.
- Haber sido cesado en el caso de trabajadores dependientes.
- En el caso de trabajadores independientes, haber dejado de percibir rentas de cuarta categoría.
- No tener la condición de pensionista por derecho propio.
- El saldo total de la CIC no permite financiar una pensión mínima o de jubilación proporcional especial.
- Las prestaciones de invalidez de los afiliados al SPP no deben estar bajo la cobertura del seguro previsional.


