En cumplimiento de los plazos establecidos por ley, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó el Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida de Candidato para las Elecciones Generales 2026 (EG 2026), que se realizarán el próximo 12 de abril de 2026.
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La norma, difundida mediante la Resolución N.° 167-2025-JNE en el Diario Oficial El Peruano, unifica los procedimientos relativos al registro, fiscalización y posibles sanciones vinculadas a la presentación de las hojas de vida de los candidatos, a través del sistema informático Declara.
Uno de los principales aspectos del reglamento es la implementación del Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida (FUDJHV), el cual deberá ser completado por los personeros legales de las organizaciones políticas en base a la información proporcionada por los postulantes. Este documento deberá incluir información como:
- Experiencia laboral
- Estudios realizados
- Trayectoria como dirigente político
- Sentencias condenatorias por delitos dolosos (incluidas aquellas con reserva de fallo)
- Sentencias por violencia familiar o incumplimiento de obligaciones
- Declaración de bienes y rentas
- Renuncias a partidos anteriores
El JNE intentará recolectar esta información a partir de registros públicos, pero, en caso de no ser posible, será responsabilidad del partido político ingresar los datos. El reglamento enfatiza que cada candidato es el único responsable del contenido de su hoja de vida.
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La fiscalización de estos documentos estará a cargo del Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente, a partir del 23 de diciembre de 2025, fecha límite para la presentación de listas de candidatos. Las acciones de control se extenderán hasta el 13 de marzo de 2026 para casos de exclusión y podrán continuar después en los casos que ameriten sanción económica.
Respecto a las sanciones, el reglamento indica que ocultar sentencias condenatorias por delitos dolosos puede llevar al retiro del candidato hasta 30 días antes del día de la elección. Además, si se verifica falsedad en la información, se procederá a su corrección, se impondrá una multa de entre 1 y 10 UIT, y se remitirán los antecedentes al Ministerio Público.
Cualquier resolución tomada por los JEE podrá ser apelada ante el Pleno del JNE, el cual tendrá la última palabra en cada caso. Con esta norma, el organismo electoral busca garantizar transparencia, legalidad y control en el proceso electoral rumbo a las Elecciones Generales 2026.
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